Cómo saber si en todo este año se pagará o no Ganancias

A partir de los salarios del actual mes de junio (que se cobrarán en los primeros días de julio) no habrá descuento del impuesto a las ganancias para los empleados que tengan una remuneración de hasta $150.000, ni tampoco para aquellos que tengan un promedio salarial mensual en lo que va de este año que resulte no mayor a esa cifra (aun cuando en junio sí resulte superior). Así lo dispone la resolución 5008 de la AFIP, que reglamenta la nueva ley del tributo que pesa sobre asalariados y jubilados, aprobada por el Congreso el 8 de abril de este año.

Los conceptos del recibo que se tendrán en cuenta para ver si se llega o no a los $150.000 serán todos, con la única excepción del aguinaldo, que quedará libre de la imposición solo para quienes tienen salarios brutos por debajo de esa cifra de $150.000, que equivale a $124.500 en términos netos (es decir, una vez hechos los descuentos con destino al sistema jubilatorio y a la obra social).

Los datos para definir si hacer o no el descuento deberán ser observados mes a mes por los empleadores u organismos de la seguridad social. Así, el esquema impositivo se vuelve mucho más complejo de lo que ya era en la práctica. En un mismo año podría haber para una misma persona períodos con descuento por Ganancias y otros sin esa retención. Por ejemplo, eso ocurriría en el caso de alguien que en un determinado momento supere el límite mensual de $150.000 en bruto y que el promedio en lo que haya pasado del año también se ubique por arriba de esa cifra.

La normativa del organismo de recaudación impositiva, firmada por su titular, Mercedes Marcó del Pont, y publicada este martes en el Boletín Oficial, define en uno de sus anexos una tabla de deducciones especiales para quienes tienen salarios de entre $150.000 y $173.000. Quienes se ubican en ese tramo de ingresos tendrán un alivio respecto de la imposición que tenían hasta ahora, aunque seguirán alcanzados por la carga fiscal. Eso busca evitar -para quienes están en ese rango de ingresos- las distorsiones que provocaría el hecho de que, sin modificación alguna en la tabla de alícuotas, se comience a tributar a partir de los $150.000: de no mediar correcciones hubiera ocurrido que, percibiendo tan solo un poco más del salario fijado como umbral, se tributara ya con las tasas más elevadas del esquema.

Además, se establece que el impuesto descontado en los salarios correspondientes al período de enero a mayo será reintegrado -en el caso de quienes se vean...

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