Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1, 25 de Marzo de 2019, expediente CFP 006854/2018/3/CA002

Fecha de Resolución25 de Marzo de 2019
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 6854/2018/3/CA2 CCCF - Sala I CFP 6854/2018/3/CA2 “S V W G s/ suspensión de juicio a prueba”

Juzgado N° 9 - Secretaría N° 18 Buenos Aires, 25 de marzo de 2019.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por la defensa oficial de S V contra el punto I del decisorio que obra a fs.

    9/10 del presente incidente, en cuanto dispone no hacer lugar a la suspensión de juicio a prueba.

    Esta investigación se inició el 24 de abril de 2018, oportunidad en la que se observó a la imputada a través de las cámaras de seguridad, en la intersección de las calle Avenida Brasil y Salta, ejerciendo la prostitución y comercializando estupefacientes. Al ser convocado el personal policial a la zona, se procedió a su requisa circunstancia en la que se le secuestraron 10 envoltorios de cocaína del interior de su cartera, por lo que, posteriormente, se la procesó

    como autora de tenencia simple de estupefacientes.

    Luego, la defensa de la encartada solicitó que se otorgue la suspensión del juicio a prueba, a lo que corrida que fuese la vista al Sr. Fiscal, dictaminó en contra de su concesión.

    En consecuencia, teniendo en cuenta la oposición manifestada por el representante del Ministerio Público Fiscal a la solicitud planteada, y tras considerarla vinculante, el magistrado de grado concluyó que debía rechazarse el pedido de suspensión.

  2. En su escrito recursivo, la defensa basó su agravio en torno a que la oposición del fiscal no resultaba vinculante, y que se hallaban reunidos todos los requisitos para su procedencia.

    Agregó que el dictamen fiscal carecía de razones validas que permitieran al juez apartarse en el caso concreto de la Fecha de firma: 25/03/2019 Alta en sistema: 26/03/2019 Firmado por: L.O.B., JUEZ DE CÁMARA Firmado(ante mi) por: D.A.P., PROSECRETARIO DE CAMARA #33100659#230197714#20190325132830666 Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 1 CFP 6854/2018/3/CA2 postura adoptada por la Corte Suprema de Justicia en el fallo “Acosta”

    (A.2186XLI, “A, A.E. s/infracción al artículo 14, primer párrafo de la ley 23.737”, c. n° 28/05, considerando 7°, rta. el 23/04/08), y que a su vez, se fundamentaba en frases vacías de contenido, tales como la “magnitud y gravedad del hecho”, o “las circunstancias de tiempo, modo y lugar”, cuando a la luz de las constancias de...

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