Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 30 de Diciembre de 2010, expediente 60.979
Fecha de Resolución | 30 de Diciembre de 2010 |
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MISCELANEOS S.R.L. S/INF. LEY 11.683 (EXPTE. W 13.119, CAUSA W 60.979 ORDEN N° 23.556)-
J.N.P.E. N° 4 S. N° 8 - SALA "B".
I.A.; ?P de,diciembre de 2.010.
VISTOS:
El recurso de apelación interpuesto por el representante de MISCELANEOS S.R.L. a fs. 90/91 de este expediente contra la resolución de fs. 83/86, del mismo legajo, por la cual el tribunal de la instancia anterior resolvió: "
I) CONFIRMAR PARCIALMENTE la resolución administrativa de fs. 47/55, MODIFICANDO la sanción aplicada a la firma "MISCELÁNEOS S.R.L ", la cual se fya en una multa de PESOS
.J TRESCIENTOS ($300) y TRES (3) DÍAS DE CLAUSURA del «
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()
establecimiento comercial ( ..)
II) CON COSTAS. .. "(la transcripción es copia -
u. textual del original).
o o El informe presentado por el representante de MISCELANEOS
en :J S.R.L. a fs. 116/118 vta., en la oportunidad prevista por el arto 454 del C.P.P.N.
y CONSIDERANDO:
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) Que, por el acta de fs. 3 se constató que el contribuyente " ...no posee controlador fiscal habilitado a los efectos de emitir facturas o documentos equivalentes hecho/s que configura/n infracción arto 8 inc. a) de la R. G. 1415 AFIP Y art. 1 ° de la R. G. 4104 DGI sustituída por la R. G. N°
259 AFIP ... Todo ello se prueba con la constatación de los actuantes ... " (la transcripción es copia textual del original y el resaltado corresponde a la presente ).
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) Que, por la resolución de fs. 83/86, el juzgado de la instancia anterior dispuso reducir las sanciones impuestas a MISCELANEOS S.R.L.,
las que se fijaron en tres (3) días clausura y trescientos pesos ($ 300) de multa,
en at~!lción a que " ...la contribuyente habría regularizado la situación con anterioridad a la audienciafzjada en los términos del 41 de la ley 11.683 ya la inexistencia de antecedentes fiscales registrados en la A.F.I.P.-D.G.I ... ".
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) Que, el representante de MISCELANEOS S.R.L. se agravió
de lo resuelto por el pronunciamiento recurrido pues consideró que habría transcurrido un período breve entre el inicio de las actividades comerciales de aquélla (23 de septiembre de 2.009) y la fecha de la infracción constatada (23
de abril de 2.010), por lo cual sostuvo que la imposición de la sanción de clausura sería irrazonable. Asimismo, solicitó que se disminuya la multa impuesta al monto mínimo legal.
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) Que, conforme surge de las constancias de autos, la infracción constatada es la ausencia de emisión de facturas o documentos equivalentes en las formas, con los...
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