Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1, 13 de Junio de 2018, expediente CSS 053294/2013/CA001

Fecha de Resolución13 de Junio de 2018
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 O.S. PEONES DE TAXIS DE LA CAPITAL FEDERAL c/ SALA DIEGO s/EJECUCION LEY 23660 J.F.S.S. Nº 4 Expte. Nº 53294/2013 Buenos Aires, En atención al recurso de apelación interpuesto a fs.100 y considerando el mérito de la labor profesional, la naturaleza y complejidad del asunto, y el resultado obtenido, así como las disposiciones de los arts. 6, 7, 8, 9 y 40 de la ley 21839 -mod.

por la ley 24.432- , corresponde confirmar los honorarios de la dirección letrada apoderada de la parte actora regulados oportunamente a fs.98.

La Vocalía nº1 se encuentra vacante (art. 109 R.J.N.).

Por todo lo expuesto, el TRIBUNAL

RESUELVE:

Confirmar los honorarios de la dirección letrada apoderada de la parte actora regulados oportunamente a fs.98.

R., notifíquese y oportunamente remítase.-

A.L.V.P.P.T. JUEZ DE CÁMARA JUEZ DE CÁMARA SUBROGANTE Ante mi:

M.M.L. SECRETARIA Fecha de firma: 13/06/2018 Firmado por: A.L., JUEZ DE CAMARA SUBROGANTE Firmado por: VICTORIA PEREZ...

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