Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 29 de Mayo de 2015, expediente CSS 025856/2010/CA001

Fecha de Resolución29 de Mayo de 2015
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3 SENTENCIA INTERLOCUTORIA EXPEDIENTE NRO: 25856/2010 AUTOS: “O.S. PEONES DE TAXIS DE LA CAPITAL FEDERAL c/ MENDEZ ALVARO s/EJECUCION LEY 23660

Buenos Aires, EL DR.NESTOR A. FASCIOLO DIJO:

A fs. 103, el juzgado reguló honorarios de la parte actora en $790.

Esa regulación es apelada por la dirección letrada de quien demanda por baja y por la demandada por alta.

A mi juicio, los remedios articulados no han de prosperar por cuanto el importe establecido no resulta exiguo, elevado, ni desproporcionado al mérito e importancia de los trabajos cumplidos, el monto del juicio que resulta de los importes liquidados y depositados en autos y el resultado obtenido (conf. arts. 6, 7, 8, 9, 40 y conc. de la ley 21839, modificada por la ley 24432), por lo que corresponde confirmar dicha regulación.

Por ello y con arreglo al criterio seguido por esta S. en casos análogos, propongo rechazar los recursos deducidos y confirmar la regulación practicada (conf. arts.

6, 7, 8, 9, 40 y conc. de la ley 21839, modificada por la ley 24432). N..

LOS DRES. J.C.P. LAFUENTE Y M.L. DIJERON:

Adherimos a las conclusiones a que arriba el Dr. N.A.F..

Por lo que resulta del acuerdo que antecede, el Tribunal

RESUELVE:

rechazar los recursos deducidos y confirmar la regulación practicada (conf. arts. 6, 7, 8, 9, 40 y conc.

de la ley 21839, modificada por la ley 24432). C., protocolícese, notifíquese, cúmplase con la comunicación dispuesta por la CSJN en la...

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