Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 3 de Mayo de 2019, expediente CFP 004078/2016/2/CA002

Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2019
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 4078/2016/2/CA2 CCCF- Sala II CFP 4078/2016/2/CA2 “S., P. s/ procesamiento y embargo”

Juzg. Fed. n°12 - Sec. n° 24 Buenos Aires, 3 de mayo de 2019.

VISTOS Y CONSIDERANDO: I.L. estas actuaciones a conocimiento y decisión del Tribunal en virtud de los recursos de apelación interpuestos por el Sr. F. y por el Sr. Defensor oficial, contra la resolución de fs.

467/84, en la que se resolvió decretar el procesamiento sin prisión preventiva de P.S. por el delito de falsedad ideológica de documento público (certificado de nacimiento) en calidad de coautora, el que concurre en forma real con el de falsedad ideológica de documento público destinado a acreditar la identidad de las personas (DNI) y falsedad ideológica de documento público (partida de nacimiento), ambos mediante el uso de documento público falso en calidad de coautora, los que, a su vez, concurren en forma ideal con el delito de supresión del estado civil de un menor de diez años (arts. 54, 55, 139, inc. 2° -redacción anterior a la ley 24.410- 293, 293 en función del 292, 2° párrafo -texto según ley 11.179 y 20.642-, todos del CP). Asimismo, se ordenó trabar embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de cien mil pesos ($100.000). II. Se inician estos actuados a raíz de la denuncia del titular de la Unidad especializada para casos de apropiación de niños durante el terrorismo de Estado, dependiente de la Procuración General de la Nación, a consecuencia de la investigación preliminar llevada a cabo por esa entidad. La mentada investigación encontró su génesis en la solicitud efectuada por la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo, con motivo de diversas denuncias realizadas ante dicha Asociación, sobre sospechas acerca de la verdadera identidad de quien fuera inscripta como P.

E.S., quien podría ser hija de desaparecidos durante la dictadura militar (fs.

189/99 vta.).

El cuadro probatorio reunido en el expediente da cuenta de ciertas circunstancias que rodearon el nacimiento e inscripción de P.E., que permiten sospechar que su identidad pudo haber sido Fecha de firma: 03/05/2019 Alta en sistema: 06/05/2019 Firmado por: M.I., Juez de Cámara Firmado por: L.B., Juez de Cámara Firmado(ante mi) por: L.L.P., Secretaria de Cámara #33429254#233466376#20190503131050841 suprimida. En ese sentido, cabe mencionar que la nombrada fue inscripta como hija biológica de E.S. y P.S., nacida el 19 de mayo de 1978, en un domicilio particular –M. L. 8. de esta...

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