Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 28 de Junio de 2013, expediente 64.334

Fecha de Resolución28 de Junio de 2013

SALA IIB"

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Año~

"SHELL COMPAÑÍA ARGENTINA DE PETRÓLEO S.A, SOBRE INCIDENTE DE EXCEPCIONES

PREVIAS EN AUTOS PRINCIPALES: "YPF S.A., OPESSA S.A., SHELL CAPSA, ESSO S.R.L,

PETROBRAS ENERGIA S.A. Y OIL COMBUSTIBLES S.A. SOBRE INFRACCIÓN LEY 25.156"

(EXPEDIENTE N° SOI:0165646/2012 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA

COMPETENCIA) CAUSA N° 64.334. ORDEN N° 25.319. SALA "B".

I.A., Z. de junio de 2013.

VISTO:

El recurso de apelación interpuesto por la apoderada de SHELL

COMPAÑÍA ARGENTINA DE PETRÓLEO S.A. a fs. 103/109 vta. de este expediente contra la resolución dictada por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia a fs. 82/95 del mismo legajo, por la cual se resolvió: "ARTÍCULO 1°: Rechazar los planteas de excepciones previas de incompetencia [. ..] efectuado por SHELL COMPAÑÍA ARGENTINA DE

.J

o( PETRÓLEO S.A ... ARTÍCULO 2°: Declarar inadmisible el planteo de -

o .. ,

-

l1.

prescrzpclOn .... "

o o en y CONSIDERANDO:

;:)

  1. ) Que, mediante la resolución dictada a fs. 82/95 de este legajo, la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, por el voto conjunto de los señores vocales S.F., F.M.P. y del presidente de la C.N.D.C. Ricardo NAPOLITANI,

    dispuso, en lo que interesa, no hacer lugar al planteo de incompetencia y de prescripción solicitados por SHELL COMPAÑÍA ARGENTINA DE

    PETRÓLEO S.A.

  2. ) Que, por el pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de Fallos 334:1609, el más Alto Tribunal argentino, en un caso en el cual la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia había dispuesto el archivo de actuaciones instruidas como consecuencia de la denuncia de hechos prohibidos por la ley 25.156, expresó: " ...a los efectos de dilucidar cuál es la autoridad que, de acuerdo con lo dispuesto en las leyes 22.262 y 25.156 es la competente para dictar actos como el que en el sub examine se cuestiona, resulta indispensable recordar que esta Corte ha señal(ldo que '...la autoridad a la que alude el arto 58 de la ley 25.156

    comprende a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia -con facultades de instrucción y de asesoramiento- y al órgano ejecutivo de la cartera económica al que, según la estructura organizativa, le corresponda la facultad resolutoria a través del dictado de los actos administrativos pertinentes. Ello es así, [... ] hasta tanto el Tribunal creado por la ley 25.156

    se constituya -en cuyo caso corresponderá, según dispone dicha ley, tanto la tarea instructoria como la de...

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