Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 17 de Agosto de 2017, expediente CFP 003044/2016/1/CA003

Fecha de Resolución17 de Agosto de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 3044/2016/1/CA3 Sala

  1. CFP 3044/2016/1/CA3 “S., J.A. s/excepción falta de acción”

    Juz. Fed. n° 6. S.. n° 12.

    Buenos Aires, 17 de agosto de 2017.

    Y VISTOS

    Y CONSIDERANDO:

  2. Que vienen las presentes actuaciones a conocimiento y decisión del Tribunal en virtud de los recursos de apelación deducidos a fs. 30/33 vta. por los Dres. O.M.S., M.C.F., M.V. delB.L. y M.M., querellantes en representación de G. D.

    M., ambos contra la resolución de fs. 24/28 por la que se dispusiera hacer lugar a la excepción de falta de acción y sobreseer a J.A.S. por el hecho por el que fuera querellado (arts. 336 inc. 4, 339 inc. 2 y 343 del C.P.P.N.); y a fs. 38 por el Dr. B. contra el auto de fs. 34 segundo párrafo -costas en el orden causado-, quien también a fs, 29 punto 2. expresó recurrir el decisorio “…al solo efecto de la mejora de fundamentos ante la Alzada”.

    En la oportunidad prevista por el art. 454 del código de forma y por las razones aducidas a fs. 41/44 vta. la querella peticionó se revoque el auto en crisis.

    Asimismo y acorde la constancia de fs.45 la defensa a cargo del Dr. B. no formuló presentación alguna, extremo que en virtud de lo reglado por el segundo párrafo del artículo 454 del código de forma conducirá a tener por desistido el recurso por él opuesto.

  3. Conforme surge del escrito de fs. 1/8 de los autos principales, G.M. formuló querella contra el otrora director de la Unidad de Información Financiera J.A.S. en orden a la presunta comisión de los delitos de calumnias e injurias, en concurso ideal -arts. 54, 55, 109 y 110 del Código Penal-, en virtud de considerar lesivas a su honor las manifestaciones que éste brindara el 2 de junio de 2015 ante la Comisión Bicameral Investigadora de Instrumentos Bancarios y Financieros Destinados a Facilitar la Evasión de Tributos y la consecuente salida de divisas del país (ver fs. 35/83 y 92/93) y que sostuviera en una entrevista publicada por un medio periodístico el día 7 del mismo mes y año (v. 88 y artículo reservado).

    Realizada la audiencia de conciliación reglada por el art. 424 del C.P.P. (ver fs. 105/6 vta.) con resultado negativo, la defensa Fecha de firma: 17/08/2017 Alta en sistema: 18/08/2017 Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.J.H., Secretario de Cámara #29963185#186050509#20170817113035401 opuso la excepción de previo y especial pronunciamiento que diera...

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