Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 27 de Diciembre de 2016, expediente CFP 005253/2016/2/CA001

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2016
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 5253/2016/2/CA1 Sala II - CFP 5253/2016/2/CA1 S., J. P. s/procesamiento Juzgado 1 - Secretaría 2 Buenos Aires, 27 de diciembre de 2016.

VISTOS:

Y CONSIDERANDO:

  1. Que las presentes actuaciones se elevaron a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por la defensa técnica de J.P.S., ejercida por el Dr. A.C.S., contra la decisión adoptada por la Sra. Juez de grado cuya fotocopia obra agregada a fs. 1/10 de este incidente, a través de la cual dispuso el procesamiento del nombrado en orden a su responsabilidad en el hecho calificado como infracción al artículo 248 del Código Penal.

  2. En sustento de sus agravios, la defensa indicó que las explicaciones vertidas por su asistido en ocasión de ofrecer su descargo no han logrado ser desvirtuadas por prueba alguna, a la vez que existen diferentes diligencias cuya producción podría arrojar luz sobre los extremos investigados

  3. Que las constancias hasta aquí incorporadas impiden compartir la conclusión incriminante adoptada por la Sra. Juez de grado.

    Es que, a la ausencia de constancia alguna que acredite el efectivo ingreso del vehículo a la playa policial F.F. de la Cruz, conforme surge de fs. 70, se suma el hecho que, conforme se informó a fs. 135, el único rodado marca Peugeot modelo 206 secuestrado por la Comisaría 47 que fue compactado corresponde a otro dominio.

    A tal cuadro se suma la incertidumbre vinculada al modo en que se conecta la resolución Pro.Na.Com. 2002/2010 obrante a fs. 130 con el vehículo objeto de reclamo, pues ni la simple constancia de fs. 131 ni el testimonio de fs. 244/5 poseen suficiente entidad como para esclarecer el punto.

    De tal modo, la falta de suficiente acreditación del destino del vehículo oportunamente secuestrado no sólo impide...

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