Sentencia de Sala 2, 27 de Abril de 2016, expediente CFP 010757/2014/2/CA001

Fecha de Resolución27 de Abril de 2016
EmisorSala 2

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 10757/2014/2/CA1 CCCF-Sala 2 CFP 10757/2014/2/CA1 “S., G. s/ proc. ”

Juzgado Fed. 5-Sec. 9 Buenos Aires, 27 de abril de 2016.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I- Este legajo arriba a estudio del Tribunal en virtud de la apelación deducida por el Dr. A.C.G., defensor de G. E.

S., contra el procesamiento sin prisión preventiva del nombrado en orden al delito de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro en concurso ideal con uso de documento público falso destinado a acreditar la titularidad del dominio de un vehículo y alteración de la numeración de un objeto registrado de acuerdo con la ley, como así también un embargo de $25.000, todo ello dispuesto en la decisión de fs. 1/6 de este legajo.

El recurrente centró sus agravios en la ausencia de los elementos objetivos y subjetivos requeridos para verificar la configuración de los delitos imputados. Además, apuntó al monto –a su juicio- excesivo de la medida cautelar.

II- Se imputa a S. haber tenido en su poder un vehículo al que le correspondía un dominio distinto, a sabiendas de su procedencia ilícita y con ánimo de lucro. El 22/10/2014 Sosa fue detenido en la calle C. al 1500 de esta Ciudad mientras conducía el rodado Ford Fiesta con dominio colocado …Z-…5, que en realidad resultaba atribuido a un R.L., y tenía grabados en los cristales del vehículo el dominio …

G-…0 y la numeración de motor y chasis correspondientes a éste último dominio, que había sido robado poco más de un mes atras en la calle A. 1764 de esta Ciudad mediante la exhibición de un arma de fuego a su conductor (fs. 17/18 y 64/85 del ppal.). Asimismo, se le endilga haber presentado ante los funcionarios policiales una cédula verde y otra cédula azul apócrifas en las que se encontraba impreso el dominio …Z-…5.

Fecha de firma: 02/05/2016 Firmado por: H.R.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.L.P., Prosecretaria Letrada de Cámara #28114997#152061800#20160427104628945

III- Analizado el cuadro probatorio y contrariamente a lo apuntado por la defensa, el Tribunal considera que las constancias de autos resultan suficientes, a esta altura del proceso y con el grado de certeza requerido por esta etapa, para respaldar la decisión en crisis en cuanto a la conducta de S. y a la adecuación típica realizada por el Sr. Juez de grado.

La...

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