Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala K, 6 de Abril de 2021, expediente CIV 035110/2019
Fecha de Resolución | 6 de Abril de 2021 |
Emisor | Camara Civil - Sala K |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA K
35110/2019
S., G. L. Y OTROS c/ G. M., C.D.s.: MODIFICACION
Buenos Aires, 06 de abril de 2021.- JAL
AUTOS Y VISTOS: CONSIDERANDO:
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Contra el pronunciamiento dictado el 21 de diciembre del 2020, el demandado interpuso recurso de apelación, cuyos agravios fueron presentados el 28 de diciembre de 2020, los que fueron contestados el 4 de febrero de 2021. La Defensora de Menores e Incapaces de Cámara dictaminó el 26 de febrero de 2021.
La resolución cuestionada declaró operada la caducidad de la instancia y distribuyó las costas por su orden.
El accionado controvierte la decisión en cuanto a las costas, en tanto solicita que se apliquen a la vencida. Destaca que no se ha fundado el pronunciamiento en lo concerniente a las costas porque no se brindó razón alguna para decidir la distribución de las costas por su orden. Indica que se aparta del principio objetivo de la derrota que establece que si una parte resulta vencida en un proceso o incidencia debe cargar con ellas.
Por su parte, la actora argumenta que el pronunciamiento impugnado, en cuanto a la distribución de las costas, se encuentra fundado. Señala que el salario del demandado se compone de gran cantidad de partes variables relacionadas directamente con los vuelos que realiza y durante el período de aislamiento, la aerolínea empleadora del accionado había cesado sus vuelos. Destaca que los gastos sociales de los menores de edad se redujeron en gran medida ya que durante ese período no salían, no tenían eventos ni gastos, de manera que la situación económica de los involucrados (adultos y niños) había cambiado y fue en función de la consideración de estas circunstancias por las que no se impulsó el procedimiento, en espera del momento en que pudiese continuar el reclamo.
Por su parte, la Defensora de Menores e Incapaces de Cámara solicita que se declare la deserción del recurso interpuesto por el accionado por no reunir los recaudos exigidos por el artículo 265 del Código Procesal.
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En cuanto a la alegación vertida, al contestar los agravios formulados, en cuanto a la solicitud de deserción por insuficiencia del embate, cabe señalar que,
conforme lo dispone el artículo 265 del Código Procesal Civil y Comercial, la impugnación debe contener una crítica concreta y razonada de las partes del fallo que Fecha de firma: 06/04/2021
Alta en sistema: 08/04/2021
Firmado por: O.J.A., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: JULIO M.A.R.V., SECRETARIO DE CAMARA
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