Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA CIVIL, 28 de Octubre de 2021, expediente FGR 005619/2020/CA001
Fecha de Resolución | 28 de Octubre de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA CIVIL |
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca “Molas, E.A. c/ Instituto de Ayuda Financiera para el Pago de Retiros y Pensiones Militares s/ amparo ley 16.986” (FGR 5619/2020/CA1) Juzgado de Viedma General Roca, 28 de octubre de 2021.
VISTO:
El recurso de apelación deducido por la parte demandada contra la sentencia que admitió el amparo;
Y CONSIDERANDO:
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) Que la sentencia de primera instancia admitió
la acción de amparo ejercida en contra del Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares y lo condenó a adicionar en el haber de retiro del actor el suplemento establecido en el art.1° de la ley 19.485, calculado sobre la totalidad del beneficio, sin incluir en esta base, si se estuviera abonando, el rubro zona desfavorable, sur o equivalente.
Asimismo cargó las costas al accionado (art.68 del CPCC) y reguló honorarios.
Contra esa decisión se alzó el demandado.
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) Que el recurrente sostuvo la falta de legitimación pasiva de su mandante, por no ser la persona especialmente habilitada para asumir la calidad de demandada con referencia a la materia concreta sobre la que versa el proceso.
Luego cuestionó que el decisorio hubiese resuelto la procedencia del adicional establecido en la ley 19.485
para el personal militar, dado que el régimen previsional militar, regulado por la ley 19.101, reviste una naturaleza distinta a la regida por la ley 24.241.
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) Que el cuestionamiento sobre la ausencia de legitimación pasiva debe ser rechazado, pues esta cámara Fecha de firma: 28/10/2021
Alta en sistema: 29/10/2021
Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA —1—
Firmado por: GUILLERMO DI COLA, SECRETARIO DE JUZGADO
tiene dicho en “Mounho, C.A. c/ Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares s/ suplementos fuerzas armadas y de seguridad”
(FGR 21000474/2009), sent.def. del 20 de agosto de 2014,
que es el Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares (IAF) el organismo legitimado para asumir la calidad de sujeto pasivo en los casos en que, como el de autos, se reclama la recomposición de los haberes del personal militar retirado, cuya lectura puede hacerse accediendo al sitio oficial de este Poder Judicial de la Nación en el vínculo:
MOUNHO.
El aspecto central también fue debidamente tratado por este tribunal en...
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