(S/2) HOLGADO, SUSANA JOSEFINA c/ ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP) s/AMPARO LEY 16.986

Número de expedienteFGR 027438/2019/CA001
Fecha28 Julio 2021

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca “Holgado, S.J. c/ Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) s/ amparo ley 16.986” (FGR

27438/2019/CA1) Juzgado Federal de Viedma General Roca, 28 de julio de 2021.

VISTO:

El recurso de apelación deducido por la demandada contra la sentencia que admitió parcialmente la acción de amparo;

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que la sentencia apelada hizo lugar a la acción interpuesta por la actora contra la Administración Federal de Ingresos Públicos, declarando la inconstitucionalidad del inc. c) del art.79 de la ley 20.628 (t.o. por dec.

    649/97), en cuanto tiene por hecho imponible para la percepción del impuesto a las ganancias a la jubilación de la accionante, ordenando el cese inmediato del descuento por tal concepto. Asimismo, rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva planteada por la demandada, impuso las costas a esa parte y reguló los honorarios de los profesionales intervinientes.

  2. ) Que en el recurso deducido por la accionada, el primer agravio se centró en el rechazo del planteo de falta de legitimación pasiva, para lo cual sostuvo que de las constancias obrantes en autos surge que la ANSES

    resulta ser el organismo que actúa como agente de retención, considerando lo dispuesto por la ley 11.683 y la Resolución General AFIP N°4003-E.

    En la siguiente queja aseveró que la resolución apelada afectaba la facultad del poder legislativo de crear impuestos como correlato de la política tributaria,

    vulnerando los principios de legalidad, división de poderes y capacidad tributaria.

    Fecha de firma: 28/07/2021

    Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.B., SECRETARIO DE CAMARA —1—

    Postuló, también, que no se encontraba acreditado en autos violación alguna a principios y garantías...

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