Rydz Claudio Horacio S/quiebrasíndico: Oscar Ricardo Scally

Fecha de disposición19 Marzo 2007
Fecha de publicación19 Marzo 2007
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31118

CIENTOS VEINTICINCO) ACCESORIAS LEGALES y COSTAS, por ser autor voluntario y responsable del delito de transporte de estupefacientes previsto y reprimido por el art. 5 inc c de la Ley 23.737. (Arts. 12, 29 inc. 3º, 40 y 41 del Código Penal y 531 del C.P.P.N.).II) ORDENAR la destrucción del remanente de estupefaciente secuestrado.- (Art. 30 de la ley 23.737)III) PROTOCOLÍCESE HÁGASE SABER. -Raúl Daniel Bejas, Juez de Cámara. -- Gabriel Eduardo Casas, Juez de Cámara. Ante mí: Hugo César del Sueldo Padilla, secretario.

San Miguel de Tucumán, 01 de diciembre de 2006.

AUTOS Y VISTOS:

Que vienen estos autos para resolver la fijación de la fecha de cumplimiento de la condena y el monto de las costas procesales impuesta a Ariel Gustavo Albornoz, mediante sentencia de este Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán de fecha 26 de Octubre de 2.006 agregada a fs. 635/636 de autos y;

CONSIDERANDO:

Que a Ariel Gustavo Albornoz de las condiciones personales que constan en autos, se lo condenó a la pena de cuatro años y seis meses de prisión, multa de pesos doscientos veinticinco ($ 225), accesorias legales y c ostas.- (fs.635/ 636.).Que a fs. 652 de autos se practicó por Secretaría el cómputo de la pena impuesta al nombrado, como así también planilla de costas procesales, que fue notificado a las partes conforme lo dispuesto por el art. 493 del C. P. P. N., según consta a fs. 655 vta., 656/657 y vta. sin que las mismas hayan realizado observación alguna.Que en consecuencia, habiéndose observado las normas contenidas en los arts. 24 y 27 de Código Penal y art. 23, sgtes. y ccdtes. del Código Civil en el cómputo de la pena realizado, corresponde aprobar el mismo.Que según surge del informe delActuario obrante a fs. 664, el penado ut supra referido, no hizo efectivo el pago de la tasa de justicia conforme lo dispuesto en el art. 6 de la Ley 23.898, actualizada por Resolución de la Excma. C.S.J.N. Nº 498/ 91, art. 1º, correspondiendo intimar al mismo a efectos de dar cumplimiento a dicho pago.Asimismo, como consecuencia de lo considerado, corresponde efectuar las comunicaciones previstas por el art. 2 inc. 'i' de la Ley 22.117.No firma la presente el Sr. Presidente, Dr. Carlos Enrique Ignacio Montilla, por estar en uso de licencia.Por lo que se,

RESUELVE:

I) APROBAR el cómputo de la pena y la planilla de costas procesales de fs. 652 de autos.II) FIJAR el día 18 de Enero de 2.009 como fecha de cumplimiento de la pena impuesta a Ariel Gustavo Albornoz de las condiciones personales que constan en la causa, quien fuera condenado por este Tribunal Oral por sentencia de fecha 26 de octubre de 2006, que corre glosada a fs. 635/ 636 de autos.III) INTIMAR a Ariel Gustavo Albornoz al pago de pesos sesenta y nueve con sesenta y siete centavos ($69,67), en concepto de tasa de justicia, conforme lo dispuesto en el art. 6 de la Ley 23.898 actualizada por Resolución de la Excma.

C. S. J. N. Nº 498/91, art. 1º.IV) REGISTRESE - HAGASE SABER. -- Raúl Daniel Bejas, Juez de Cámara. -- Gabriel Eduardo Casas, Juez de Cámara. -- Ante mí, Hugo César del Sueldo Padilla, secretario.

e. 15/03/2007 Nº 539.967 v. 21/03/2007 JUZGADOS NACIONALES EN LO CIVIL N° 55

El Juzgado Nacional de 1º Instancia en lo Civil Nº 55, interinamente a cargo del Dr. Carlos José Molina Portela, Secretaría única, sito en calle Av.

de los Inmigrantes 1950 P:4º, Capital Federal, cita por cinco días al codemandado SILVIO HUGO MARCHI para que tome la intervención que le corresponda en autos caratulados 'MATTIOLI LUIS FEDERICO C/ CASTRO GIOVANINI SERGIO O CASTRO GIOVANINI SERGIO S/ DAÑOS Y PERJUICIOS', expediente 91920/98 bajo apercibimiento de designarse Defensor de Ausentes para que la represente en Juicio.- El presente debe plublíquese por dos días.

Buenos Aires, 23 de febrero de 2007.

Olga Maria Schelotto...

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