Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - SALA D, 24 de Febrero de 2015, expediente CIV 068038/2011/CA002

Fecha de Resolución24 de Febrero de 2015
EmisorSALA D

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D Expte. N° 68.038/2011 “RUSSO, L.J. c/D., M.M. s/ fijación y/o cobro de valor locativo”. J.. N° 95 En Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los días del mes de febrero de dos mil quince, reunidos en Acuerdo los señores jueces de la Excma. Cámara Nacional de la Apelaciones en lo Civil, S. “D”, para conocer en los recursos interpuestos en los autos caratulados “RUSSO, L.J. c/D., M.M. s/ fijación y/o cobro de valor locativo”, el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Es ajustada a derecho la sentencia apelada?

Practicado el sorteo resultó que la votación debía efectuarse en el siguiente orden: señores jueces de Cámara doctores A.M.B. de S., V.F.L. y P.B.. El señor juez de Cámara doctor V.F.L. integra la Sala por Res. 1315/14 de esta Cámara.

A la cuestión propuesta la doctora A.M.B. de S., dijo:

  1. En la sentencia dictada a fs. 385/387 el Sr. Juez “a-quo” hizo lugar a la demanda y condenó a M.M.D. a abonar a L.J.R. el importe que resulte de la liquidación que se practique conforme a las pautas señaladas en sus considerandos; y le impuso las costas del proceso. Difirió la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes para la oportunidad en que se encuentre aprobada la liquidación definitiva.

    El fallo fue apelado por la demandada a fs. 392, siendo su recurso concedido libremente a fs. 393, con agravios expresados a fs.

    400/403, respondidos por el actor a fs. 406/407.

    Fecha de firma: 24/02/2015 Firmado por: P.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.M.R. BRILLA, JUEZ DE CAMARA Firmado por: V.F.L., JUEZ DE CAMARA

  2. A fs. 22/25 luce la presentación de L.J.R., quien mediante apoderado demanda a M.M.D. por cobro del canon locativo del inmueble sito en la calle Constitución 2947 de esta ciudad, cuya fijación también integra la pretensión accionada.

    Refiere haber convivido con la demandada durante 11 años y haber adquirido en condominio el inmueble de referencia, que esta habita con exclusividad desde el mes de enero de 2011, fecha a partir de la cual le impidió el acceso a la vivienda en las circunstancias que describe; razón por la cual reclama el pago del valor locativo que estima en $ 1.200.-, con retroactividad al 24 de febrero de 2011.

    Funda en derecho su pretensión y formula el pertinente ofrecimiento de prueba.

    A fs. 94/106 hace su presentación M.M.D. y contesta la demanda cuyo rechazo solicita, a la vez que reconviene pretendiendo la disolución y liquidación de la sociedad de hecho y el cobro de daños y perjuicios.

    Efectúa una negativa genérica y pormenorizada de las circunstancias relatadas y de los hechos afirmados en la demanda, que no sean de su expreso reconocimiento, y brinda su propia versión tendiente a demostrar el tiempo y las condiciones de la convivencia cuya ruptura atribuye al accionante. Formula también un detalle de los conceptos que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR