Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 27 de Octubre de 2020, expediente CNT 009154/2014/CA001

Fecha de Resolución27 de Octubre de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X

SENT.DEF EXPTE. Nº: 9154/2014/CA1 (51.662)

JUZGADO Nº: 19 SALA X

AUTOS: “RUSCONI CRISTIAN ADRIAN C/ WATCHMAN SEGURIDAD S.A. Y

OTRO S/ DESPIDO”.

Buenos Aires,

El Dr. G.C. dijo:

  1. Vienen estos autos a la alzada con motivo del recurso que contra el pronunciamiento de fs. 257/267 interponen la codemandada W. Seguridad SA a fs. 271/273 ( replicado a fs. 279) y el actor a fs. 274/275 (contestado a fs. 276/277) .

    Asimismo el perito contador y la representación letrada de la codemandada San Timoteo SA

    recurren por bajos los honorarios que les fueron asignados.

  2. Para comenzar, analizaré el recurso de la codemandada que critica el fallo de grado en tanto la condenó a abonar los conceptos indemnizatorios y horas extras que,

    aduce, no han sido probadas. Afirma que la demanda no debió tener acogida porque desvinculó al actor abonándole la totalidad de las sumas que le correspondían.

    En lo que hace a la ruptura del vínculo se desprende de las presentes actuaciones que R. intimó a las demandadas, en forma fehaciente, por el cobro de su crédito laboral conforme a su real categoría y las horas extras Fecha de firma: 27/10/2020

    Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.P.S., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA

    impagas y frente a la negativa expresa y rechazo por la empleadora ( la recurrente W. Seguridad S.A. ) al pago de las horas suplementarias trabajadas y las diferencias salariales adeudadas por su real categoría laboral, el 31/10/2013 hizo efectivo el apercibimiento y se consideró injuriado y despedido por su exclusiva culpa ( ver lo informado a fs 181 por Correo Argentino y a fs. 186 por Correo Andreani)

    Asimismo cabe señalar que en el fallo de grado se tuvo por acreditado que el actor -tal como denunciara en la demanda- desempeñaba tareas de V.P., y consecuentemente se admitieron las diferencias salariales en virtud de ostentar tal categoría razonamiento que por no haber sido objeto de una crítica concreta y razonada por parte de la recurrente ( conf. art. 116 LO) arriba firme a esta instancia.

    Lo expuesto desestima sin más la afirmación de la queja en cuanto al modo en el que culminó el vínculo laboral y al pago de “las sumas que correspondían” expresión genérica que, por otra parte, la recurrente no funda debidamente porque no indica la existencia de ninguna constancia obrante en la causa que demuestre tal pago.

  3. Con respecto al reclamo por horas suplementarias sostiene que la prueba estaba a cargo del trabajador y que a pesar de ello la valoración efectuada por el sentenciante consideró que “ mi mandante no ha probado que así no lo fuera”

    ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR