Rumbo Sur

Fecha de la disposición18 de Noviembre de 2005

RUMBO SUR SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.- A los efectos previstos en el art. 10 de la Ley de Sociedades Comerciales, se hace saber la constitución de la sociedad Rumbo Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada, de acuerdo al contrato celebrado por escritura pública de fecha diecinueve de octubre de 2005, cuyas convenciones son las siguientes: La sociedad estará formada por los Sres. Rosa Ester Nacif, mayor de edad, ama de casa, viuda, L.C. 5.070.206, con domicilio real en calle Paso de Los Andes 501, Las Heras, Mendoza, Dante Claudio Amelio, mayor de edad, casado, comerciante, con domicilio real en calle José María Gutierrez 2890, Casa 5, Villa Nueva, Guaymallén, Mendoza, DNI Nº 20.809.761; Cecilia Judith Amelio, mayor de edad, casada, comerciante, con domicilio real en calle Dr. Moreno 2124, Las Heras, Mendoza, DNI Nº 24.192.486 Alejandro Daniel Dorigo, mayor de edad, casado, comerciante, con domicilio en calle Necochea 766, Piso 7º, Dpto. 1, Ciudad, Mendoza, DNI Nº 20.809.448; y Silvana Dorigo, mayor de edad, casada, docente, con domicilio real en calle Belgrano 1246, Piso 4º, Dpto. B, Ciudad, Mendoza, DNI Nº 22.941.737. Artículo Primero: Denominación – Domicilio: La Sociedad girará bajo la denominación de Rumbo Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada, con domicilio legal en Carril Urquiza y Elpidio Gonzalez, Distrito de San Francisco del Monte, Departamento Guaymallén de esta Provincia, el que podrá cambiarse cuando las circunstancias lo aconsejen, por resolución unánime de los socios, pudiendo asimismo establecer sucursales, agencias, locales de venta, depósitos, representaciones o corresponsalías en cualquier lugar del país o del extranjero.- Artículo Segundo: Duración: La duración de la sociedad será de noventa y nueve años, contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Sociedades de Responsabilidad Limitada de esta Provincia.- Dicho plazo podrá ser prorrogado a su vencimiento por acuerdo de mayoría simple de los socios, celebrado con seis meses de anticipación a la fecha de vencimiento.- Artículo Tercero. Objeto Social:La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o ajena, o asociada a sus efectos con terceros bajo cualquier forma de asociación legal, en el País o en el Extranjero, una, varias o todas las siguientes actividades: A) Explotación de estaciones de servicio y talleres: Mediante la distribución y venta de combustibles sólidos, líquidos y gaseosos, existentes en el mercado o que pudieran existir en el futuro para el transporte automotor o cualquier otro tipo de vehículos de aire, agua o tierra, actuando en el mercado minorista y/o mayorista, incluyendo servicios auxiliares de lavado, engrase, lubricentro, negocio de conveniencia (de acuerdo a los estándares que se opera actualmente dentro del negocio de estaciones de servicio); provisión de repuestos y centro de ventas e instalación de equipos de GNC (Gas Natural Comprimido) y otros accesorios para vehículos.- Mediante la explotación de talleres para construir, montar, carrozar, equipar, transformar y reparar vehículos automotores o de otro tipo, y sus partes integrantes; realización de actividades de P.E.C. (productor de equipos completos para Gas Natural Comprimido y de C.R.P.C.) (Centro de revisión periódica de cilindros de equipos de gas natural comprimido y todas las actividades conexas necesarias a tal fin). B) Comercial: Mediante la compra y venta de productos en general, especialmente de vinos de toda clase y origen, y la intermediación en el mercado interno y externo, sea al por mayor o menor, de productos elaborados y/o semi-elaborados o sin elaborar de cualquier género y naturaleza, sean estos de origen industrial, comercial, minero, agrícola, ganadero, forestal, servicios financieros y cualquier otro acto de intermediación lícito vinculado a esta actividad. C) Agropecuaria selvicultura y forestación: Mediante la explotación de establecimientos agrícolas, ganaderos, vitícolas, olivícolas, frutícolas, hortícola, cerealeros, forrajeros, de pasturas, forestales y toda actividad agraria que implique producción de frutos y realización de cultivos, incluso industriales, como asimismo la instalación de bodegas y de plantas de fraccionamiento, procesamiento e industrialización. También mediante la explotación de plantaciones madereras nuevas o ampliación de forestaciones existentes y explotación de montes naturales o artificiales y reforestación. D) Industrial: Mediante la explotación de establecimientos vitivinícolas de cualquier tipo y/o dedicados a la industrialización de frutas u otros productos del agro; el ejercicio de la industria maderera; transformación, manufacturación, elaboración, industrialización, y fraccionamiento de productos y subproductos derivados de...

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