Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala J, 12 de Febrero de 2020, expediente CIV 071219/2014/CA003

Fecha de Resolución12 de Febrero de 2020
EmisorCamara Civil - Sala J

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA J

Expediente n° 71219/2014 – “R.D., G.s.ón Vacante”

- Juzgado Nacional en lo Civil n° 3

Buenos Aires, Febrero 12 de 2020

Y VISTOS;

Y CONSIDERANDO:

I.- Las presentes actuaciones se remiten a este Tribunal a los efectos de conocer acerca de los siguientes recursos de apelación:

  1. - interpuesto a fs. 186 por la Dra. L., por su propio derecho, contra la regulación de honorarios efectuada a su favor a fs. 182/184, por bajos, concedido a fs. 188 bis ap. II en los términos del art. 244 del Código Procesal;

  2. - deducido a fs. 188 por la Procuración General del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contra la moneda indicada por el Sr. Juez “a quo” a fs 182/184 como base regulatoria, concedido en relación a fs. 188 vta. “in fine”. Se tiene por fundado en el mismo escrito de interposición, el que sustanciado a fs.

188 vta. último párrafo, fue contestado por la interesada a fs.

192/193.-

La resolución de fs. 182/184, de fecha 28 de Octubre de 2019 regula los honorarios correspondientes a la Dra.

R.G.L., en calidad de letrada patrocinante del Consorcio de la calle Neuquén 560 de esta Ciudad en la suma de $

500.000, equivalentes a la suma de 208,50 UMA, de conformidad con dispuesto por los art. 6, 7, 8, 23, 24 y conc. de la ley 21.839 testo según ley 24.432 y art. 51 primera parte de la ley 27.423.

Fecha de firma: 12/02/2020

Alta en sistema: 17/02/2020

Firmado por: S.G.M., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: VERON B.A., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: B.P., JUEZ DE CAMARA

II.- En el recurso de fs. 188, la Procuración General del Gobierno se agravia por cuanto considera que en la resolución de fs. 182/184 el Sr. Juez “a quo” indicó la base regulatoria que tomó en consideración para determinar los honorarios de la Dra.

L. en dólares y omitió expresar cuál ha sido el valor de conversión en pesos que tuvo en cuenta para fijar los honorarios en pesos. Peticiona que la base regulatoria sea establecida en la suma de pesos cuatro millones novecientos mil ( $ 4.900.000) en virtud de que es el monto que oportunamente estimó y - según dice en el párrafo segundo de fs. 188 vta.- fue aceptada por la beneficiaria de los emolumentos objeto de regulación.-

De las constancias de autos, surge que a fs. 100,

la Dra. L. estimó la base regulatoria en la suma dólares estadounidenses ciento cuarenta y un mil quinientos setenta (U$S

141.570) y pidió que se le regulasen honorarios de conformidad...

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