Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - Sala CAMARA, 14 de Agosto de 2014, expediente FBB 013063610/2012
Fecha de Resolución | 14 de Agosto de 2014 |
Emisor | Sala CAMARA |
Poder Judicial de la Nación
Expte. nro. FBB 13063610/2012/CA1 S.. 1
Bahía Blanca, 14 de agosto de 2014.
VISTO: En el expediente nro. FBB 13063610/2012/CA1, de la secretaría
nro. 1, caratulado: “R., A.F., c/ Médicus SA, s/ Amparo ley
16.986”, puesto al acuerdo para resolver la apelación de fs. 273/278 contra la
sentencia de fs. 263/266 v.; y la apelación de f. 279 contra la regulación de
honorarios de f. 272.
El señor Juez de Cámara, doctor N.L.M., dijo:
1.1. La jueza subrogante, a fs. 263/266 v. hizo lugar al amparo. En
consecuencia, ordenó a Médicus SA la cobertura del 100 % de lo solicitado en
demanda1 y en la ampliación de f. 154 2. Asimismo, ordenó cumplir con los
reintegros solicitados e impuso las costas a la demandada.
1.2. A fs. 272 reguló los honorarios del Dr. M.Z.A.,
los que fueron apelados –por bajos– por el beneficiario a f. 279.
2. A fs. 273/278 la demandada apeló la sentencia. Sostiene, en síntesis,
los siguientes agravios: a) La jueza de grado le ordena cubrir prestaciones no
incluidas ni en el plan contratado, ni en el Plan Médico Obligatorio, lo que pone en
peligro el sistema en perjuicio de los demás asociados e implica una invasión de en
las facultades del poder legislativo; b) La orden genérica de cubrir el 100 % de
todo tratamiento, terapia y/o medicamento que se prescriba en el futuro, atenta
contra su derecho de defensa; c) La asistencia de un acompañante terapéutico no
es una prestación médica a la que esté obligado, en tanto ese es el rol de la familia
del paciente; d) El Dr. C. no es un prestador de Médicus; e) las prestaciones
de kinesiología y rehabilitación cognitiva se brindan de acuerdo a las previsiones
del plan y a la resolución del Ministerio de Salud 1.859/2013; f) En cuanto a los
reintegros ordenados, la vía del amparo no procede para cobro de sumas de dinero;
g) Se agravia, por último, de la imposición de costas a su cargo.
Medicamento Interferón Beta 1b, inyecciones, 15 ampollas mensuales; acompañante terapéutico
durante 8 horas diarias los 7 días de la semana; 3 sesiones semanales de kinesiología; terapia
neurocognitiva de manera continua; honorarios del médico tratante, Dr. E.C. por
consultas; y la cobertura del 100 % de todo tratamiento, terapia y/o medicamento que pudieran
prescribir los médicos tratantes para paliar la enfermedad del actor, quien padece de esclerosis
múltiple de más de veinte años de evolución.
Sesiones de fonoaudiología.
Poder Judicial de la Nación
Expte. nro. FBB 13063610/2012/CA1 S.. 1
3. A fs. 296/298 v. la señora F. General subrogante asumió
intervención, propiciando el rechazo del recurso.
4.1.1. La obligación de Médicus surge claramente de la ley 24.901: 1 y
15. Las prestaciones requeridas pueden entenderse, en los términos de la última
norma referida como “de rehabilitación”, ya que su objetivo es...
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