Rozkiewiecz por Div.

Juez del 10° Juzgado de Familia, Expte. N° 308/16/10F, "ROZKIEWIECZ ERNESTO p/DIVORCIO", notificar a: Ernesto Rozkiewiecz, persona de ignorado domicilio, el proveído de fs. 24/25: Mendoza, 20 de setiembre de 2016. Autos y vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo:

I- Hacer lugar a la acción de divorcio promovida y, en consecuencia, declarar a los esposos, Sra. Ernesto Rozkiewiecz, D.N.I. N° 13.842.323 (quien figura inscripto como Ernesto Rozkiewizx), y Noemí Esther Cabrera, D.N.I. N° 18.595.105, divorciados con los alcances y límites de los Arts. 435 inc. c), 447 y cc. del C.C.yC.

II- Declarar disuelta la comunidad de bienes a partir del día 21 de abril de 2016, conforme lo dispuesto por el Art. 480 del C.C.yC. I

II- Sobreseer la imposición de costas por gozar el accionante de beneficio de litigar sin gastos concedido en los autos conexos N° 564/12/10F (Art. 95 del C.P.C.).

IV- Sobreseer la regulación de honorarios profesionales por haber actuado en autos como patrocinantes las representantes de la Quinta y de la Vigésima Defensoría de Pobres y Ausentes.

V- Notificar la presente resolución a la Quinta Defensoría de Pobres y Ausentes, a la Vigésima Defensoría de Pobres y Ausentes y a la Tercera Fiscalía Civil, con remisión de autos.

VI- Notificar edictalmente la presente resolución a la demandada tres veces con el intervalo de dos días en el Boletín Oficial y Diario Uno (Art. 69 del C.P.C.). V

II- Firme la presente, al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Provincia de Buenos...

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