Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 7 de Noviembre de 2018, expediente CIV 043003/2008/CA002

Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2018
EmisorCamara Civil - Sala F

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F EXPTE. Nº 43003/2008 - “ROUBINEAU, CARMEN ROXANA C/ GRIS, GERONIMO MAXIMILIANO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS” –

(J.50)

En Buenos Aires, Capital de la República Argentina a los días del mes de noviembre de dos mil dieciocho, reunidos en acuerdo los Sres. Jueces de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, S. “F”, para conocer en los autos del epígrafe, respecto de las cuestiones sometidas a su decisión, a fin de determinar si es arreglada a derecho la sentencia apelada.

Practicado el sorteo correspondiente resultó el siguiente orden de votación: S.. Jueces de Cámara Dres. GALMARIN

  1. POSSE SAGUIER. ZANNONI.

    A las cuestiones propuestas el Dr. G. dijo:

  2. La actora en su calidad de titular de la unidad funcional n°

    3 de la planta baja del inmueble sito en la calle V. 2434 de esta ciudad, inició acción de indemnización de los daños que invoca como ocasionados a su propiedad a raíz de construcciones ilegales realizadas por los propietarios de las unidades funcionales n°4, 5 y 6 piso 1° del mismo inmueble. Asimismo, solicitó que se ordene la remoción de dichas obras.

    El magistrado de primera instancia rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por el codemandado Samra con costas. Rechazó las excepciones de prescripción opuestas por los demandados Samra y C., con costas por su orden. Como la actora denunció haber vendido el departamento en cuestión con fecha 1° de diciembre de 2011, el Sr. juez declaró abstracta la pretensión de demolición de las obras aludidas. Asimismo, admitió parcialmente la demanda condenando a los demandados a abonar a la actora la cantidad de $54.000, más sus intereses y las costas del proceso. Dispuso que los demandados deberán responder en forma mancomunada con la siguiente proporción: 50% a cargo del codemandado J.N.S., 25% a Fecha de firma: 07/11/2018 Alta en sistema: 08/11/2018 Firmado por: J.L.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: EDUARDO ANTONIO ZANNONI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: F.P.S., JUEZ DE CAMARA #14524680#221060392#20181107110506395 cargo del codemandado G.M.G. y 25% a cargo del codemandado M.G.C..

    La sentencia fue apelada por la actora y los codemandados C. y Samra. La actora fundó su recurso mediante la presentación obrante a fs. 1083/1087 y el codemandado C. lo hizo a fs.

    1080/1081. El recurso interpuesto por el codemandado S. fue declarado desierto a fs. 1090. El memorial del codemandado C. fue respondido a fs. 1091/1092 y el de la actora no fue contestado.

    Los agravios de los apelantes apuntan a cuestionar los montos indemnizatorios y la tasa de interés fijados por el sentenciante.

    Asimismo la actora se queja de la distribución de las costas derivadas del rechazo de las excepciones de prescripción opuestas por los codemandados S. y C..

  3. Indemnización por pérdida de valor venal y valor locativo del inmueble:

    El magistrado consideró que los daños que sufrió el inmueble de la actora como consecuencia de las obras irregulares realizadas por los codemandados en sus respectivas unidades funcionales debieron menguar su valor de venta y eventualmente su valor locativo. Atento a ello fijó por estos ítems los importes de $30.000 y $8.000 respectivamente.

    La actora se agravia por considerar insuficiente el importe fijado por pérdida de valor venal del inmueble ($30.000). Por su parte el codemandado C. solicita se desestimen ambos conceptos alegando que...

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