Rotella Rosa C/ Camarda Angel

Juez del Décimo Segundo Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas, notifica al señor Angel Camarda, de ignorado domicilio, que en autos nº 250.956/251.576 caratulados "ROTELLA ROSA ELENA C/ CAMARDA ANGEL P/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA" que

se ha dictado a fs. 521 la siguiente providencia: "Mendoza, 26 de febrero de 2.015.- …De la demanda por título supletorio instaurada a fs. 8/12 por Rosa Elena Rotella y a fs. 48/51 por Teodoro Leopoldo Ferrero córrase traslado a ANGEL CAMARDA por el término de DIEZ DÍAS

con citación y emplazamiento para que comparezca, responda, ofrezca prueba y constituya domicilio legal (arts. 21, 74, 75, 212 y 214 del C.P.C. y 24 de la Ley 14.159).-

Publíquense edictos diez veces a intervalos regulares en el Boletín Oficial y Diario Los Andes, citándose a todos los que se consideren con derecho sobre el inmueble, para que comparezcan a ejercerlos dentro del plazo acordado precedentemente y bajo apercibimiento de ley.- Notifíquese.- Fdo.: Dr. Oscar Eduardo Vázquez - Juez".-

y a fs. 526

el tribunal proveyó "Mendoza, 13 de marzo de 2.015.- Atento las constancias de tercer párrafo del decreto de fs. 521, hágase saber que deberá procederse a publicar los edictos allí ordenados "diez veces a intervalos regulares durante cuarenta días"… rigiendo en lo demás lo allí dispuesto".- Fdo.: Dr. Rodolfo Leonardo Pérez- Secretario.- A fs. 655 el tribunal proveyó: Mendoza, 21 de noviembre de 2016.- Autos, Vistos y Considerando: Estos autos Nº 250.926 caratulados: "R.R.E. C/ C.A. P/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA" llamados para resolver lo peticionado a fs. 654, y atento las constancias de autos, de las que surge estar rendida la prueba pertinente, oído el Ministerio Fiscal a fs. 653, y de conformidad con lo dispuesto por el art. 69 del C.P.C.- Resuelvo: I) Tener por acreditadas sumariamente las circunstancias exigidas por el Art. 69 del C.P.C., y en consecuencia, bajo responsabilidad de la parte actora, téngase a A.C., como de ignorado domicilio.- II) Ordenar se notifique edictalmente al Sr. A.C., la...

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