Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 7 de Marzo de 2018, expediente Rc 121993

Presidentede Lázzari-Soria-Negri-Genoud
Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2018
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

"ROSSI, RODOLFO ORLANDO C/ BADER, JOSE S/ DESAFECTACION BIEN DE FAMILIA"

La Plata, 7 de Marzo de 2018.

AUTOS Y VISTOS:

  1. Conforme surge de las constancias acompañadas, la Sala I de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Quilmes, en el marco de un incidente de desafectación de bien de familia -en el que se dictara sentencia ordenando la desafectación y luego se declarara desierto el recurso de apelación deducido contra dicho fallo-, desestimó la nulidad de las notificaciones articulada ante dicha sede por J.J.G., citado como tercero en autos (v. fs. 2/6 y 7/8 vta.).

    Para así decidir ela quoentendió que el planteo ensayado resultaba manifiestamente improcedente desde que, en el caso, además de la ausencia de individualización del perjuicio sufrido y del interés que se procura subsanar con la declaración de nulidad perseguida, la cédula cuestionada había sido librada correctamente al domicilio constituido por el incidentista. Asimismo, señaló la cámara que si el requirente advertía algún error en la decisión de la Presidencia que objeta, la ley contemplaba otras vías para impugnar lo resuelto sin consentir la decisión (v. fs. 7/8).

    Frente a ese pronunciamiento el interesado dedujo recurso extraordinario de nulidad (v. fs. 10/24 vta.), cuya denegación fundada en la no definitividad de la resolución impugnada (v. fs. 9), motivó la articulación de la presente queja (art. 292, CPCC; v. fs. 25/30).

  2. Al respecto, esta Corte ha sostenido como principio, que las decisiones adoptadas sobre nulidad de actuaciones no resultan definitivas en los términos de los arts. 278 y 296 del Código Procesal Civil y Comercial (doctr. causas C. 116.907, "F.", resol. de 12-VI-2013 y C. 121.355...

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