Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala L, 12 de Mayo de 2022, expediente CIV 052979/2021/CA002

Fecha de Resolución12 de Mayo de 2022
EmisorCamara Civil - Sala L

Poder Judicial de la Nación –Cámara Civil Sala “L”

52979/2021

R, M L c/ D, L E s/ALIMENTOS

Buenos Aires, 12 de mayo de 2022.- CBG

AUTOS Y VISTOS:

  1. Los autos fueron remitidos a efectos de conocer acerca del recurso interpuesto por el demandado, fundado el 1ro. de febrero de 2022, cuyo traslado fue respondido el 11 de febrero; el deducido por la actora el 11 de febrero, respondido el 17 de febrero y el planteado por la Defensora de Menores, que se encuentra fundado el 4

    de abril de 2022, cuyo traslado fue respondido el 6 de abril, contra la sentencia dictada el 28 de diciembre de 2021, aclarada el 29 de diciembre.

  2. La sentencia fijó la prestación alimentaria que el Sr.

    D debe abonar a favor de sus hijos T (nacido el 4/7/10) y F (nacido el 22/12/16), en la suma de $ 20.000, que se actualizará

    automáticamente cada 6 meses según IPC que publica el INDEC.

    Asimismo, dispuso que el demandado deberá pagar el alquiler y expensas del inmueble donde habitan sus hijos, las cuotas escolares y las matrículas, la cuota del club y la cobertura médica – que no resultaría una erogación por encontrarse dentro de la relación de dependencia laboral del progenitor - y las terapias psicológicas y psicopedagógicas de los menores en caso de no estar incluidas en la prestación de la cobertura médica.

    La actora y la Defensora de Menores se agraviaron por considerar reducido el monto de la cuota alimentaria. Por su lado, el demandado sostuvo que no se garantizó su derecho de defensa en juicio porque nunca se dio traslado de la demanda. A su vez, se quejó

    de la cuantificación de la prestación de alimentos fijada, en especial de que se hubiera puesto a su cargo cubrir el total del alquiler y de las Fecha de firma: 12/05/2022

    Firmado por: V.F.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.P.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.B.G., PROSECRETARIA LETRADA

    Firmado por: G.I., JUEZA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación –Cámara Civil Sala “L”

    expensas del inmueble donde habitan sus hijos, dado que allí vive la pareja de su madre, según denunció en el memorial como hecho nuevo, a cuyo fin ofreció prueba. Asimismo, sostuvo que los menores conviven 15 días con él.

  3. En la demanda, incorporada el 15 de julio de 2021,

    la actora explicó que, en julio de 2020, en el marco de la denuncia por violencia familiar (expte. nro. 23702/20) se dispuso la exclusión del hogar del Sr. D y la fijación de una cuota alimentaria provisoria del 20

    % de sus haberes – luego se modificó por una suma fija -. Agregó que como el demandado no cumplió con la medida, en noviembre de 2020

    se vio obligada a dejar el hogar donde vivía para trasladarse, junto a sus hijos, a un departamento que aquél había acordado alquilar a dichos fines. Como la cuota provisoria fijada no resultó suficiente,

    promovió la presente acción, detallando los gastos de los menores, el monto mensual del alquiler ($ 25.000) y el de las expensas ($ 8.000) y aclarando que la obra social es proporcionada por el progenitor.

    A este expediente se acumuló el iniciado por el padre (ver decisión del 2/8/21) caratulado “D, L E c/ R, M L s/ alimentos”

    (expte. nro. 49155/2021), promovido con el objeto de determinar la cuota alimentaria que le corresponde abonar a favor de sus hijos.

    En dicha demanda, el Sr. D señaló que ayudaba con el pago del alquiler del inmueble donde...

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