Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL, 26 de Diciembre de 2022, expediente FMP 007116/2021/CA001
Fecha de Resolución | 26 de Diciembre de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE APELACIONES DE MAR DEL PLATA
del Plata,
VISTOS:
Estos autos caratulados: “ROSSI, L.V. c/ ANSES
s/COBRO HONORARIOS PROFESIONALES”. Expediente Nº 7116/2021,
procedente del Juzgado Federal Nº 2 , Secretaria Nº 2 de Azul.-
Y CONSIDERANDO:
Que nuevamente es convocada esta Alzada en virtud del recurso de revocatoria in extremis interpuesto por la demandada, contra la resolución de fecha 6-12-2022 por la cual se desestimó el recurso extraordinario interpuesto.
En primer término, debemos recordar que el Tribunal debe examinar liminarmente, si concurren los requisitos de tiempo, forma y lugar al analizar los recaudos de procedencia formal del recurso deducido. En efecto,
observamos que el recurrente interpone recurso de revocatoria en fecha 19-12-
2022, en contra de la resolución de este Tribunal que fuera notificada electrónicamente en fecha 6-12-2022, conforme surge de la línea de actuaciones, con lo cual la revocatoria objeto de análisis ha sido interpuesta fuera del término legal, conforme se desprende del simple cálculo temporal entre la notificación de la resolución que se intenta atacar y el recurso de revocatoria “in extremis” deducido (art. 239 del C.P.C.C.N.).-
Sumado a ello, cabe aclarar que la instancia revisora de esta Alzada se encuentra concluida. En consecuencia, frente al rechazo del recurso extraordinario federal deducido, conforme las reglas procesales establecidas en el código de rito, únicamente se encuentra habilitada en esta instancia los medios recursivos previstos para acceder a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (art. 285 del CPCCN), por lo que entendemos que la resolución cuestionada, no resulta pasible del recurso de reposición, toda vez que la competencia de este Tribunal concluye con el dictado del mismo (Salto Perla c/ Anses s/ Reajuste de Haberes, P.A.. 6/14
Materias Civiles' Clave: FMP 041048160/2009/CA001 Fecha: 29/12/2021)
Por todo ello, este Tribunal Fecha de firma: 26/12/2022
Firmado por: S.C., SECRETARIA DE CÁMARA
Firmado por: A.O.T., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: E.P.J., JUEZ DE CÁMARA
RESUELVE:
Desestimar el recurso de revocatoria “in extremis” interpuesto en fecha 19-12-2022 por resultar el mismo extemporáneo (arts. 238 y 239 del C.P.C.C.N.).-
REGISTRESE. NOTIFIQUESE. DEVUELVASE.
Se deja constancia que la presente resolución ha sido suscripta en forma electrónica y que se encuentra vacante el cargo del tercer integrante de...
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