Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala C, 15 de Marzo de 2018, expediente CIV 054080/2011/CA002

Fecha de Resolución15 de Marzo de 2018
EmisorCamara Civil - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA C 54080/2011 ROSENBERG ROBERTO Y OTRO c/ CONSORCIO DE PROPIETARIOS EDIFICIO CALLE NICARAGUA - DRES.

J.N.L. Y OTROS s/MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE COPROPIEDAD Buenos Aires, de marzo de 2018.- AB Téngase por cumplido con lo dispuesto a fs. 1624.

Autos y vistos:

La presentación de fs. 1621/23 en los términos del art.48 del Código Procesal no habrá

de admitirse.

Es que la prerrogativa que confiere dicha norma constituye una excepción al principio general que consagra el art.47 y, por lo tanto, su aplicación es restrictiva. Tal facultad debe atender a verdaderas dificultades de obrar no pudiendo configurarse la urgencia del caso por la sola circunstancia de sobrevenir términos perentorios vinculados con las cargas propias del trámite procesal.

Por lo demás, sabido es que la mera invocación de urgencia e imposibilidad de ubicar a la emplazado por hallarse fuera de la jurisdicción, no puede ser entendida como configurativa de circunstancia justificante alguna.

Es que el desarrollo del proceso engendra un deber de diligencia por parte de los sujetos procesales, de allí que deben adoptar las medidas necesarias para afrontar contingencias procesales y nada le impedía superar el obstáculo tomando los recaudos pertinentes para la...

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