Sentencia de SALA II, 20 de Febrero de 2015, expediente CCF 004507/2007/CA001

Fecha de Resolución20 de Febrero de 2015
EmisorSALA II

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 4507/2007 R.A.M. c/ ESTADO NAC MINIST DE JUST SEG Y DDHH POLICIA FED ARG s/ACCIDENTE EN EL AMBITO MILITAR Y FZAS DE SEG En Buenos Aires, a los 20 días del mes de febrero de 2015, se reúnen en Acuerdo los señores jueces de la Sala II de esta Cámara para dictar sentencia en los autos del epígrafe. Conforme con el orden de sorteo efectuado, el doctor R.V.G. dijo:

I.-A.M.R. inicio demanda contra el Ministerio del Interior, por el cobro de la suma de $ 565.900 o lo que resulte de la prueba a producir, con más sus intereses y costas.

Relató que el 22 de abril de 2004 mientras se hallaba en goce de su licencia anual, ingresó a una heladería ubicada en la Av. H.Y. 18.253 de la Localidad de Longchamps, Provincia de Buenos Aires, cuando escuchó “arrodíllate, es un asalto”, siendo tomado por detrás por una persona, razón por la cual se trabó en lucha, momento en que se identificó

como personal policial.

En ese momento, otro de los individuos que se encontraba en el comercio heladería le efectuó disparos con su arma de fuego cayendo al piso, situación aprovechada por los malvivientes para darse a la fuga.

Ante las heridas fue trasladado al Hospital Policial donde se le diagnosticó “post operatorio de hemicolectomia derecha ampliada por resección de intestino delgado y entero, entero anastomosis más ileostomía más colostomía más drenaje de hemoperitoneo de enfrentamiento”.

Como consecuencia del hecho se labraron las actuaciones caratuladas “robo agravado por empleo de armas de fuego” que tramitaron ante la Unidad Funcional de Instrucción n° 7 del departamento Judicial de Lomas de Zamora.

Fecha de firma: 20/02/2015 Firmado por: RICARDO

  1. GUARINONI - GRACIELA MEDINA Asimismo, se iniciaron las actuaciones administrativas a fin de encuadrar las lesiones bajo el n° 832-18-000002/04, que fueron calificadas “en y por acto de servicio”.

    Una vez dado de alta del nosocomio e instalado en su vivienda de la calle L. 1261 de la Localidad de L., fue víctima de sendas amenazas de muerte, tanto para él como para su grupo familiar y debió mudarse a la Localidad de A.B., en el partido de la Matanza.

    Agrega el accionante que debido a la irreversibilidad de las lesiones que presenta, pasará a retiro obligatorio, hecho consumado con fecha 27 de diciembre de 2007 en el expediente administrativo n° 458-06-

    000.302/2004.

    Respecto de la indemnización pretendida se refirió a los siguientes ítems: 1) incapacidad sobreviniente $ 240.000; 2) daño moral $

    200.000; 3) tratamiento psicoterapéutico $ 25.900 y 4) perdida de chance $

    100.000 reclamando por todo ello la suma de $ 565.900, más los intereses y las costas del juicio.

  2. A fs. 228/233vta. contestó la demanda el Estado Nacional –

    Ministerio del Interior– Policía Federal Argentina, negando todos y cada uno de los hechos invocados por el actor que no fueren expresamente reconocidos por su parte.

    Asimismo impugnó todos los conceptos y montos indemnizatorios.

  3. En el pronunciamiento de fs. 668/703 el Sr. Juez de grado hizo lugar a la demanda y condenó al Estado Nacional –Ministerio del Interior-Policía Federal Argentina- a pagar a...

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