Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL I, 23 de Febrero de 2021, expediente FCB 007731/2020/CA001

Fecha de Resolución23 de Febrero de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE CORDOBA - SALA B - SECRETARIA CIVIL I

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B

AUTOS: “ROSAS, H.D. c/ AGENCIA NACIONAL DE LA

DISCAPACIDAD s/ AMPARO POR MORA DE LA

ADMINISTRACION”

En la Ciudad de Córdoba a veintitrés días del mes de febrero del año dos mil veintiuno, reunida en Acuerdo la Sala “B” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados:

ROSAS, H.D. c/ AGENCIA NACIONAL DE LA

DISCAPACIDAD s/ AMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACION

(Expte. N° FCB 7731/2020/CA1) , venidos a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada,

Agencia Nacional de Discapacidad en contra de la resolución de fecha 5 de octubre de 2020 dictada por el señor J. Federal de San Francisco y que en su parte pertinente dispuso: “…1°) Hacer lugar a la acción de amparo por mora de la administración deducida por H.D.R. en contra de la Agencia Nacional de Discapacidad, ordenando a esta última que despache las actuaciones deducidas por la accionante en el plazo de quince días de notificada, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art.

29 de la ley 19.549, y de las demás medidas de coerción legalmente previstas que este J. considere necesarias para el acabado cumplimento de lo dispuesto. 2°) Imponer las costas a la demandada y regular los honorarios del Sr. Defensor Público Oficial, Dr. E.L., en la suma de pesos sesenta y tres mil ochocientos ($ 63.800), los que eventualmente generarán intereses en los términos del considerando sexto …”. FDO.: P.M. – JUEZ FEDERAL (S).

Puestos los autos a resolución de la Sala los señores Jueces emiten sus votos en el siguiente orden: LILIANA

NAVARRO – L.R.R. – A.G.S. TORRES.

Fecha de firma: 23/02/2021

Alta en sistema: 25/02/2021

Firmado por: L.R.R., JUEZ DE CÁMARA

Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CÁMARA

Firmado por: L.N., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: N.J.O.

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B

AUTOS: “ROSAS, H.D. c/ AGENCIA NACIONAL DE LA

DISCAPACIDAD s/ AMPARO POR MORA DE LA

ADMINISTRACION”

La señora J.a de Cámara, doctora L.N., dijo:

  1. Llegan las presentes actuaciones en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, Agencia Nacional de Discapacidad (fs. 50/54vta.) en contra de la resolución de fecha 5 de octubre de 2020 dictada por el señor J. Federal de San Francisco y que en su parte pertinente dispuso: “…1°) Hacer lugar a la acción de amparo por mora de la administración deducida por H.D.R. en contra de la Agencia Nacional de Discapacidad, ordenando a esta última que despache las actuaciones deducidas por la accionante en el plazo de quince días de notificada, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 29 de la ley 19.549, y de las demás medidas de coerción legalmente previstas que este J. considere necesarias para el acabado cumplimento de lo dispuesto. 2°) Imponer las costas a la demandada y regular los honorarios del Sr. Defensor Público Oficial, Dr.

    E.L., en la suma de pesos sesenta y tres mil ochocientos ($

    63.800), los que eventualmente generarán intereses en los términos del considerando sexto …” . FDO.: P.M. – JUEZ FEDERAL (S)

    (fs.45/49).

  2. Contra la resolución transcripta precedentemente, la representación jurídica de la Agencia Nacional de Discapacidad a través de su letrada apoderada, doctora M.M.,

    deduce recurso de apelación, se agravia por cuanto manifiesta que no es correcto lo resuelto por el juez de grado, en cuanto hizo lugar a la presente acción en un claro apartamiento del art. 28 de la ley 19.549 entendiendo la recurrente la inexistencia de los presupuestos para la interposición de un amparo por mora. Se queja por cuanto se le imponen las costas a su mandante, en una clara afectación de su derecho de propiedad garantido por Fecha de firma: 23/02/2021

    Alta en sistema: 25/02/2021

    Firmado por: L.R.R., JUEZ DE CÁMARA

    Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CÁMARA

    Firmado por: L.N., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: N.J.O.

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B

    AUTOS: “ROSAS, H.D. c/ AGENCIA NACIONAL DE LA

    DISCAPACIDAD s/ AMPARO POR MORA DE LA

    ADMINISTRACION”

    el art. 17 de nuestra Ley Suprema, entendiendo asimismo no corresponde la regulación dispuesta por el a quo en tanto arguye ausencia de las mínimas pautas regulatorias contenidas en la Ley 27.423 como así también elevados los honorarios dispuestos en la instancia de grado. Cita jurisprudencia en aval de su postura. Hace reserva del caso federal (50/54vta.).-

    Corrido el traslado de ley, la parte actora contesta agravios solicitando el rechazo del recurso de apelación, a cuyos fundamentos se remite en honor a la brevedad (fs.56/57vta.).

    Con fecha 5/11/2020 se corre vista al Sr.

    Fiscal General.

    Con fecha 10/11/2020 el señor Defensor Público Oficial, realiza una presentación manifestando que con fecha 02/11/2020 el trámite de pensión no contributiva del señor R. ha sido resuelto favorablemente.

    El representante del Ministerio Público Fiscal contesta vista con fecha 11/11/2020 y manifiesta que nada tiene que observar respecto del control de legalidad que le compete. A continuación,

    con fecha 12/11/2020 se dicta el decreto de autos, quedando de esta manera la causa en condiciones de ser resuelta.

  3. Previo a todo, corresponde hacer una breve descripción de la causa. Con fecha 7/08/2020 el señor H.D.R. con patrocinio letrado del Defensor Público Federal, doctor E.L. inicia la presente acción de amparo por mora en contra la Fecha de firma: 23/02/2021

    Alta en sistema: 25/02/2021

    Firmado por: L.R.R., JUEZ DE CÁMARA

    Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CÁMARA

    Firmado por: L.N., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: N.J.O.

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORDOBA – SALA B

    AUTOS: “ROSAS, H.D. c/ AGENCIA NACIONAL DE LA

    DISCAPACIDAD s/ AMPARO POR MORA DE LA

    ADMINISTRACION”

    AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD con el objeto que se condene a la accionada a dictar el acto administrativo respectivo en el marco del Expediente Administrativo N° 041-20-27461731-5-0551, iniciado para el otorgamiento de una Pensión no contributiva con fecha 24/08/2017.

    Corrido el traslado de ley, la apoderada de la demandada presenta el informe del art. 28 de la Ley 19.549, manifestando la ausencia de inactividad o mora alguna por parte de su poderdante como adjudica el actor sino que dicho expediente se encontraba cursando el trámite administrativo correspondiente y que al momento de incoar la presente se encontraba tramitando en el sector de Auditoría Médica cumpliendo así el circuito administrativo de evaluación para la procedencia...

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