Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 7 de Noviembre de 2019, expediente FPO 006512/2019/CA001

Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación .

6512/2019/CA sadas, noviembre 7 de 2019.-

Y VISTOS:

1) Que, a fs. 59/81 y en fecha 19/6/19 se inicia acción de amparo contra la Obra Social de Conductores Camioneros y Personal del Transporte Automotor de Cargas de Misiones y se solicita se dicte medida cautelar innovativa a fin de que se ordene a la demandada la cobertura total de la cirugía de “angioplastia con rotoblator y tomografía con coherencia óptica” en el Instituto de Cardiología de la Ciudad de Corrientes, la atención medica posterior incluidos los medicamentos y los tratamientos que requiera y se ordene el reintegro de $24000 abonados al Instituto mencionado en fecha 25/4/2019.

2) Que, en fecha 27/6/19 el juez a quo concede la cautelar USO OFICIAL solicitada y ordena a la demandada a prestar inmediata cobertura del 100% de los costos de la cirugía requerida y “hasta tanto se decida el amparo” dice (Cfr. fs. 85/87). Apelada por la demandada esta medida y opuesta excepción de falta de legitimación activa a fs. 105/112 y contestada por la actora a fs. 129/134, fue declarado desierto el recurso a fs. 151 por no cumplirse lo ordenado a fs. 128, 4° párr.

3) Que, a continuación se resuelve la acción de amparo y se hace lugar a lo peticionado ordenando a la Obra Social demandada a cubrir el 100% de la atención médica posterior a la intervención quirúrgica incluidos estudios, control por facultativos y procedimientos médicos complementarios, suministro de medicamentos específicos y tratamiento posterior en la ciudad de Posadas. Asimismo, se ordena el reintegro de los $24.000 abonados al Instituto de Cardiología de Corrientes, con costas a la demandada; y se Fecha de firma: 07/11/2019 Firmado por: A.L.C. DE MENGONI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.M.P. DE LEON, SECRETARIO DE CAMARA #33761692#248854834#20191107110742130 regulan honorarios a los profesionales intervinientes por ambas partes.

4) Que, ante este Tribunal, vienen los autos para resolver el recurso de apelación de fs. 155/157 interpuesto por la Obra Social vencida contra la resolución de la acción de amparo referida en el considerando que antecede y contestado a fs. 159/161.

Que, ante la necesidad de aclarar algunas cuestiones para resolver, esta Exma. Cámara convocó a las partes a una audiencia que se realizó el día 29/10/19 (Cfr. fs. 165 y 167/168).

5) Que, como primer tema a tratar en orden al fundamento que da sustento al derecho que se pretende...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR