DEL ROSARIO GALVA, FAUSTO ALBERTO c/ EN - DNM s/RECURSO DIRECTO DNM
Fecha de Resolución | 6 de Junio de 2023 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I
24152/2019 DEL ROSARIO GALVA, FAUSTO ALBERTO c/ EN -
DNM s/RECURSO DIRECTO DNM Juzg.n° 6
Buenos Aires, 6 de junio de 2023.- MAP/JMS
Y VISTOS; CONSIDERANDO:
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Que el actor interpuso un recurso judicial directo contra la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) y pidió la anulación de la disposición SDX 199238/2017, que declaró irregular su permanencia en territorio nacional, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso con carácter permanente en los términos del artículo 29 inciso "c" de la ley 25.871 ─modificado por el decreto 70/2017─ por encontrarse procesado en orden a los delitos de estafa, falsificación de moneda extranjera y asociación ilícita, y de la disposición SDX 058612/2019, que rechazó su recurso jerárquico.
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Que el juez declaró "abstracta la cuestión sometida a debate en la presente causa en lo relativo a la inconstitucionalidad planteada".
Asimismo, dispuso que "la DNM deberá dictar un nuevo acto administrativo con arreglo a la normativa vigente".
Para así decidir, consideró que, "el actor planteó la inconstitucionalidad del Decreto 70/17, norma en la que se encuentra fundada la resolución expulsiva".
Señaló que "toda vez que el 04/03/2021 ha sido derogado por el Decreto 138/2021, deviene inoficioso el pronunciamiento en la presente causa" y que la decisión debe ser "'con arreglo a la situación fáctica y jurídica existente a la fecha de la sentencia, teniendo en cuenta no sólo los factores iniciales, sino también los sobrevinientes' (Fallos: 313:344)".
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Que contra esa decisión la DNM dedujo un recurso de apelación (presentación del 2, memorial del 10 y réplica del 21 de marzo).
Fecha de firma: 06/06/2023
Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA
Adujo que "el Tribunal consideró improcedente emitir un pronunciamiento sobre la validez del acto administrativo impugnado por la actora en razón de que la normativa en la cual se fundó se encuentra actualmente derogada" y que "se ha pretendido considerar tácitamente derogadas las disposiciones de la D.N.M".
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Que el Poder Ejecutivo Nacional dictó el decreto de necesidad y urgencia 138/2021, que derogó el decreto de necesidad y urgencia 70/2017
y restituyó la "vigencia de las normas modificadas, sustituídas o derogadas [...] en su redacción previa al momento de su dictado".
V.Q. esta sala ha dicho que la crítica concreta y razonada de la...
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