Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 14 de Abril de 2015

Fecha de Resolución14 de Abril de 2015
EmisorCorte Suprema de Justicia
Número de Expediente414
Cita212/15
Número de SAIJ15090151
Número de CUIJ21 - 508594 - 9

ROPPULO, N.J. Y OTRO -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD- EN AUTOS: ZABALA, V.H. 2) ROPPULO, N.J., 3) LEIVA, J.A. s/ 1) HOMICIDIO AGRAVADO POR EL EMPLEO DE ARMA DE FUEGO EN GRADO DE TENTATIVA Y PORTACION ILEGAL DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL O CONCURSO REAL 2) PARTICIPE PPAL. DE HOMICIDIO AGRAVADO s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD Cita: 212/15 Nº Saij: 15090151 Nº expediente: 414 Año de causa: 2012 Nº de tomo: 262 Pág. de inicio: 025 Pág. de fin: 057 Fecha del fallo: 14/04/2015 Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (Santa Fe) - Santa Fe Jueces D.A.E.R.H.F.M.A.G.R.F.G.M.L.N.J.M.O.E.G.S.T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > ADMISIBILIDAD PARCIAL Tesauro > PRINCIPIO DE CONGRUENCIA Tesauro > DELITO > PENA > GRADUACION Tesauro > DEFENSA EN JUICIO T. > DEBIDO PROCESO CONSTITUCIONAL - PROCESAL - PENAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. ADMISIBILIDAD PARCIAL. DELITO. PENA.

GRADUACION. PRINCIPIO DE CONGRUENCIA. DEFENSA EN JUICIO. DEBIDO PROCESO El recurso de inconstitucionalidad es parcialmente admisible con relación a uno de los imputados, ya que -a diferencia de lo ocurrido con su coimputado- la variación de la condena impuesta en primera instancia no obedeció a una diferente calificación jurídica sino que tanto la fiscalía como la Alzada coincidieron en el tipo penal aplicable, situación que se encuentra contemplada en el artículo 402 II del Código Procesal Penal -que estipula que el juzgador no podrá imponer una pena superior o más grave que la pedida por el fiscal salvo que ella sea consecuencia del cambio de calificación jurídica-; resultando el proceder de la Cámara prima facie descalificable desde la óptica constitucional, toda vez que- al haber confirmado la condena pese a la reducción solicitada por el fiscal- se habría vulnerado en principio la normativa procesal que reglamenta el principio de congruencia en materia penal y por tanto las garantías constitucionales de defensa en juicio y debido proceso (De la disidencia del Dr. Falistocco) - REFERENCIAS NORMATIVAS: Código Procesal Penal de Santa Fe, artículo 402 II.

  1. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > ADMISIBILIDAD Tesauro > DELITO > PENA > GRADUACION Tesauro > PROCESO PENAL > DICTAMEN FISCAL > REQUERIMIENTO DE PENA Tesauro > PRINCIPIO DE CONGRUENCIA T. > DEFENSA EN JUICIO T. > JUEZ > GARANTIA DE IMPARCIALIDAD CONSTITUCIONAL - PROCESAL - PENAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. ADMISIBILIDAD. DELITO. PENA. GRADUACION.

    FISCAL. REQUERIMIENTO DE PENA. PRINCIPIO DE CONGRUENCIA. DEFENSA EN JUICIO. JUEZ.

    GARANTIA DE IMPARCIALIDAD El fallo recurrido aparece descalificable desde la óptica constitucional, en tanto a la hora de determinar la pena de los imputados, los Jueces de la Alzada se habrían excedido de lo peticionado por el Fiscal de Cámaras, afectando no sólo la congruencia y el derecho de defensa en juicio y las normas constitucionales y convencionales que reclaman un sistema procesal de corte acusatorio, respetuoso del principio de contradictorio y de igualdad, sino también la garantía de imparcialidad del juzgador (De la disidencia del Dr.

    Erbetta) Tesauro > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > ADMISIBILIDAD Tesauro > DELITO > PENA > GRADUACION Tesauro > PROCESO PENAL > DICTAMEN FISCAL > REQUERIMIENTO DE PENA Tesauro > JURISDICCION > EXCESO Tesauro > CAMARA DE APELACION CONSTITUCIONAL - PROCESAL - PENAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. ADMISIBILIDAD. DELITO. PENA. GRADUACION.

    FISCAL. REQUERIMIENTO DE PENA. CAMARA DE APELACION. JURISDICCION. EXCESO El proceder de la Alzada, que pese a que el F. de Cámaras había considerado posible una disminución confirmó la pena impuesta a uno de los imputados por el Juez de Sentencia, habilita la apertura de la vía de excepción intentada por la defensa, toda vez que los Jueces habrían incurrido en un exceso de jurisdicción al expedirse más allá de lo pedido por el actor penal (De la disidencia del Dr. Erbetta) Tesauro > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > ADMISIBILIDAD Tesauro > DELITO > PENA > GRADUACION Tesauro > MINISTERIO PUBLICO > FISCAL T. > JUEZ > IURA NOVIT CURIA CONSTITUCIONAL - PROCESAL - PENAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. ADMISIBILIDAD. DELITO. PENA. GRADUACION.

    MINISTERIO PUBLICO. FISCAL. JUEZ. IURA NOVIT CURIA.

    Con relación a la situación del coimputado también debe declararse admisible el recurso de inconstitucionalidad por cuanto, si bien en función de la regla iura novit curiae puede admitirse que los jueces escojan la calificación jurídica que a su juicio corresponda a los hechos investigados apartándose de la propiciada por el actor penal -siempre y cuando la plataforma fáctica sea la misma y la modificación no implique un cambio tan repentino y de tal entidad que desbarate la estrategia defensiva del acusado impidiéndole formular sus descargos-, ello en modo alguno los faculta a aplicar una pena mayor a la pedida por el acusador público, sin incurrir en un exceso jurisdiccional (De la disidencia del Dr. Erbetta) - CITAS: CSJStaFe: AyS T 232, p 312.

  2. > DELITO > PENA > GRADUACION Tesauro > DELITO > CALIFICACION Tesauro > MINISTERIO PUBLICO > FISCAL DE CAMARA DE APELACION Tesauro > CAMARA DE APELACION > FACULTADES > LIMITES PROCESAL - PENAL DELITO. PENA. GRADUACION. CALIFICACION. MINISTERIO PUBLICO. FISCAL DE CAMARAS.

    CAMARA DE APELACION. FACULTADES. LIMITES Si bien es cierto que el artículo 402 II, 2do. párrafo in fine del Código Procesal Penal habilita a los jueces a imponer una pena superior o más grave a la pedida por el fiscal cuando ello sea consecuencia del cambio de calificación jurídica, también lo es que en el caso no hubo estrictamente un cambio de calificación que habilite la excepción legal, toda vez que la pretensión punitiva del acusador quedó limitada por la postura del Fiscal de Cámaras, que expresamente pretendió la revocación del fallo en orden a la imputación delictiva plural, al considerar que la base fáctica atribuida era constitutiva de un solo hecho -elemento propio del concurso aparente- y no de varios hechos delictivos independientes (De la disidencia del Dr. Erbetta) - REFERENCIAS NORMATIVAS: Código Procesal Penal de Santa Fe -t.o. conforme ley 12912-, artículo 402 II, 2do. párrafo in fine.

  3. > NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL Tesauro > PRINCIPIO DE CONGRUENCIA T. > DELITO > PENA > GRADUACION Tesauro > MINISTERIO PUBLICO > ACUSACION FISCAL Tesauro > DELITO > CALIFICACION Tesauro > JUEZ > FACULTADES > LIMITES PROCESAL - PENAL NUEVO CODIGO PROCESAL PENAL. PRINCIPIO DE CONGRUENCIA. DELITO. PENA.

    CALIFICACION. MINISTERIO PUBLICO. ACUSACION FISCAL. JUEZ. FACULTADES. LIMITES El nuevo texto del Código Procesal Penal de la Provincia, al tratar la regla de la congruencia, se limita a expresar que al dictar sentencia el tribunal nunca podrá apartarse del hecho contenido en la acusación o de sus ampliaciones ni aplicar sanciones más graves que las peticionadas, sin hacer salvedad alguna; y entre las limitaciones que se establecen a la pena negociada está la posibilidad judicial de modificar la calificación legal escogida cuando ello correspondiere, pero aún así el tribunal sólo puede adecuar el hecho y, consecuentemente, definir la calificación legal, sin alterar la pena porque está vedado al Juez agravar la pena aceptada por las partes, como consecuencia del principio según el cual el tribunal nunca podrá aplicar sanciones más graves que las peticionadas (De la disidencia del Dr. Erbetta) - REFERENCIAS NORMATIVAS: Código Procesal Penal de Santa Fe -ley 12734-, artículos 335 y 339; Código Procesal Penal de Santa Fe -según ley 12912- artículos 478 II, 402 II y 548 VI. T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > ADMISIBILIDAD Tesauro > LEY PROCESAL PENAL > INTERPRETACION T. > DELITO > PENA > GRADUACION Tesauro > MINISTERIO PUBLICO > ACUSACION FISCAL CONSTITUCIONAL - PROCESAL - PENAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. ADMISIBILIDAD. LEY PROCESAL PENAL.

    INTERPRETACION. DELITO. PENA. GRADUACION. MINISTERIO PUBLICO. ACUSACION FISCAL La necesidad de interpretar la normativa procesal penal progresivamente y de manera armónica con las garantías y principios que surgen del bloque de constitucionalidad, evitando hacer uso de la ultima ratio del ordenamiento jurídico -esto es, de la declaración de inconstitucionalidad de una norma-, conlleva a adoptar una exégesis de los preceptos legales que concuerde con los derechos constitucionales en juego, la que sería que si bien los jueces pueden apartarse de la calificación jurídica escogida por los actores penales, este cambio no los habilita a superar el límite punitivo constituido por la pretensión acusatoria, ya que, de hacerlo, se colocaría al imputado en situación más desfavorable que la pretendida por el propio órgano acusador, hipótesis intolerable desde la óptica constitucional (De la disidencia del Dr. Erbetta) - CITAS: CSJN: Fallos:242:2534; 256:386; 300:1087; CSJStaFe: AyS T 58, p 197; T 161, p 290.

  4. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > INADMISIBILIDAD Tesauro > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > REQUISITOS PROPIOS > CUESTION NO CONSTITUCIONAL Tesauro > DELITO > PENA > GRADUACION Tesauro > SENTENCIA CONFIRMATORIA Tesauro > CAMARA DE APELACION > FACULTADES > LIMITES Tesauro > CAMARA DE APELACION > FUNCION REVISORA CONSTITUCIONAL - PROCESAL - PENAL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. INADMISIBILIDAD. CUESTION NO CONSTITUCIONAL.

    DELITO. PENA. GRADUACION Las alegaciones de la impugnante en esta instancia no exceden de una mera discrepancia respecto del monto de la pena, cuestión que no resulta idónea para franquear esta vía de excepción, atento no demostrarse ni advertirse un gravamen constitucional en la sentencia impugnada; ello así toda vez que la Sala revisora no determinó pena sino que examinó y confirmó la sentencia dictada oportunamente por el Juez de la Causa (Del voto de la Dra. G.T. > RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD > INADMISIBILIDAD Tesauro > SENTENCIA SUFICIENTEMENTE FUNDADA Tesauro > DELITO > PENA > GRADUACION Tesauro > DELITO > CONCURSO REAL Tesauro > MINISTERIO PUBLICO > ACUSACION FISCAL Tesauro > CAMARA DE APELACION > FACULTADES > LIMITES...

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