Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca - Sala II, 12 de Mayo de 2009, expediente 65.349

Fecha de Resolución12 de Mayo de 2009
EmisorSala II

Poder Judicial de la Nación Expediente nro. 65.349 – S.I. –S.. 1 “Ronda, E.B.-

nardo y otros c/ Est.

N.. – C.N.A.Seg (e/l) s/

Seguro de Vida Obli-

gatorio” (JF 2)

Bahía Blanca, 12 de mayo de 2009.

Y VISTOS y CONSIDERANDO:

Que el sr. Juez de Cámara, dr. N.L.M.-

zanti se excusa de intervenir en este juicio, invocando una antigua relación laboral y estrecha amistad con la procuradora Natalia Ale-

jandra Zotta, apoderada en la presente causa, con fundamento en los arts. 17 inc. 9 y doctrina del inc. 2, cód.cit., alegando asimismo una insoportable violencia moral (art. 30 del mismo código); y además que aparece en las cartas poderes obrantes a fs. 2/16 y 21 sin que haya ejercido el mandato (art. 30 CPCCN);

Que las causales de excusación sólo operan respec-

to de las partes y no de sus abogados, motivo por el cual no corres-

ponde aceptar la excusación fundada en lo dispuesto por el art. 17,

incs. 2 y 9 del CPCCN, y aceptarla en los términos del art. 30 del mismo código; toda vez que el pedido de auto...

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