Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 30 de Noviembre de 2016, expediente CNT 043071/2014/CA001

Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO.: 72624 EXPEDIENTE NRO.: 43071/2014 AUTOS: R.L.A. (13257) c/ ART INTERACCION S.A.

s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL Buenos Aires, 30 de noviembre de 2016 VISTO

Y CONSIDERANDO:

Contra la sentencia definitiva dictada en la anterior instancia, que rechazó la acción instaurada se agravia la parte actora a tenor del memorial que luce a fs. 131/33, recibiendo réplica de la contraria.

El sentenciante de grado desestimó el reclamo incoado por cuanto concluyó

que la trabajadora no había demostrado padecer incapacidad resarcible, dada su incomparecencia a realizar los estudios complementarios solicitados por el perito médico.

Tal decisión motiva la queja de la accionante y al respecto considero que le asiste razón por los fundamentos que paso a exponer.

La parte actora inició demanda en reclamo de la reparación de las secuelas incapacitantes que dice padecer como consecuencia de las labores cumplidas para la asegurada –Andreani Logística S.A.-, de las que habría tomado conocimiento con posterioridad a su desvinculación (afecciones de columnarias, daño psíquico, estrés, trastorno del sueño y síndrome de burn out).

La accionada respondió –en lo sustancial- haber dado cumplimiento al otorgamiento de las prestaciones correspondientes con motivo de la denuncia efectuada por la trabajadora, por las que se otorgó el alta sin incapacidad.

A fs. 116 se intima a la actora a comparecer a realizar los estudios médicos complementarios solicitados por el auxiliar de justicia, fijados para los días 26/04/16, 6/05/16, 9/05/16 y 11/05/16.

Con fecha 26/04/16 la parte actora manifiesta “que mi instituyente debía asistir en el día de la fecha al instituto IMAT a practicarse RX… pero se halla con estado gripal y elevada temperatura, razón por la que no podrá concurrir a realizarse dichos estudios. S. se ordene a la ART otorgar nuevos turnos médicos” (fs. 117).

A fs. 118 se dispone que, por no lucir atendibles las razones esgrimidas por la parte actora y no haber acompañado documental respaldatoria de las mismas, se hace efectivo el apercibimiento oportunamente dispuesto y se la tiene por desistida de la prueba pericial médica propia y renuente a la ofrecida por la accionada (resolución del 27/04/16).

Fecha de firma: 30/11/2016 Firmado por: G.A.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por...

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