Romero

Juez Primer Juzgado en lo Civil, Comercial y Minas de San Martín, notifica y hace saber: Que a fs. 114, de los autos N° 49.929, caratulados: "ROMERO, RAMON POR CONCURSO PREVENTIVO HOY QUIEBRA", dictó la siguiente resolución la que transcripta en su fecha y parte pertinente dice: "Gral. San Martín, Mza., 18 de Diciembre de 2013. Autos y visto:... Considerando:... resuelvo: I- Decretar la quiebra indirecta de Romero, Ramón, D.N.I. 18.160.331, C.U.I.L. 20-18160331-4, con domicilio real en Calle Fray Luis Beltrán N° 1812, noveno piso, Dpto. 1, Godoy Cruz, Mendoza, por frustración del acuerdo preventivo, art. 43 de la Ley 24.522;... III- ...; IV-...; V-...; VI-...; VII-...; VIII- ...; X-...; XI-...; XII-...; XIII.- Hacer saber a los acreedores con título posterior a la presentación del concurso que deberán requerir la verificación por vía incidental, en la que no se aplicaran costas sino en caso de pedido u oposición...

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