Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal - Sala sin especificar, 12 de Junio de 2014, expediente CAF 017422/2013

Fecha de Resolución12 de Junio de 2014
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal - Sala sin especificar

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA IV

17422/2013 R.A.L. c/ EN -AFIP- DGI RESOL 1279/12

(CRSS) s/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

Buenos Aires, de junio de 2014.

Y VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por la parte actora a fs. 452,

concedido a fs. 453, contra la resolución de fs. 448/450; y CONSIDERANDO:

  1. Que A.L.R. promovió demanda con el objeto de cuestionar la resolución 1279/12, de la Dirección de Contencioso de la Seguridad Social, que había rechazado el recurso administrativo contra la resolución 1160 de la División de Fiscalización nº 5 de la Dirección Regional La Plata y confirmado la exclusión de pleno derecho de aquél del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes desde el mes de julio de 2008. El actor sostuvo que dicha exclusión obedeció a la verificación de ingresos obtenidos entre agosto de 2007 y julio de 2008 que totalizaron la suma de $72.147,78, en tanto el límite establecido por el art. 21, inc. a, de la ley 25.865 —entonces vigente— para permanecer en la última categoría del régimen referido ascendía a $72.000. Sobre dicha base, destacó la desproporción entre el perjuicio que le ocasionaba la decisión en relación con el ínfimo exceso del límite impuesto, el cual, sostuvo, carecía de adecuación respecto de la aceleración inflacionaria. Asimismo, destacó que dicha necesidad de actualización fue posteriormente recogida por la ley 26.565,

    promulgada en diciembre de 2009. Si bien reconoció que dicha norma preveía la posibilidad de reencuadrarse en el régimen simplificado durante el primer cuatrimestre del 2010, en tanto se cumplieran los nuevos requisitos y condiciones exigidas, alegó la imposibilidad de ejercer dicha opción por encontrarse controvertida su situación (fs. 2/10).

    Posteriormente, el actor solicitó una medida cautelar de no innovar consistente en el mantenimiento en su condición de monotributista hasta tanto se dictara sentencia definitiva. Fundó este último pedido en la intimación a pagar dos multas de $200 cada una en concepto de multa automática por omisión de presentar declaraciones juradas de IVA y Ganancias (fs. 32) y entendió configurado el peligro en el reconocimiento que podría inferirse del pago de tales importes, que —según interpreta— implicaría la extinción del derecho en litigio (fs. 33 y vta).

  2. Que, en oportunidad de contestar el informe en los términos del art.

    4 de la ley 26.854, el Fisco Nacional refirió que ante la falta de presentación de...

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