Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 13 de Junio de 2019, expediente COM 002789/2019

Fecha de Resolución13 de Junio de 2019
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL S. B 2789/2019 - ROMBO COMPAÑIA FINANCIERA S.A. c/

QUIROGA BAZOALTO, RIAME s/SECUESTRO PRENDARIO Juzgado n° 9 - Secretaria n° 18 Buenos Aires, 13 de junio de 2019.

Y VISTOS:

  1. Apeló la actora la resolución de fs. 38/41 en cuanto rechazó la petición de secuestro prendario. La Sra. Fiscal ante esta Cámara Comercial dictaminó a fs. 60/81 propiciando la confirmación de lo decidido.

  2. El decreto-ley 15.348/46, es un régimen que complementó la prenda agraria establecida por la ley 9.644, con el fin de afianzar “un sistema de garantía prendaria... ágil, amplio y a la vez sencillo que... permita... mayores facilidades en cuanto a la utilización y disponibilidad de la cosa prendada, con miras, sobre todo, a no entorpecer o dificultar el proceso económico de su utilización, transformación, elaboración o comercialización”.

    Se dispuso que: a) “los contratos de prenda... se formalizarán en documento privado, extendiéndose en los formularios respectivos que... facilitarán las Oficinas del Registro de Prenda, cuyo texto será fijado en la reglamentación que dicte el Poder Ejecutivo” (art.

    6); b) su “inscripción... se hará en el Registro de Prenda, el que funcionará en las oficinas nacionales, provinciales o municipales que determine el Poder Ejecutivo y con arreglo a la reglamentación que el mismo fijará...” (art. 17); y, c) “cuando el acreedor sea una institución Fecha de firma: 13/06/2019 Alta en sistema: 18/06/2019 Firmado por: M.E.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA #33154631#234847916#20190614104645784 Poder Judicial de la Nación CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL S. B oficial o bancaria, se prescindirá del trámite judicial procediendo el acreedor a la venta de los objetos prendados en la forma prescripta por el artículo 585 del Código de Comercio, sin perjuicio de que el deudor pueda ejercitar en juicio ordinario, los derechos que tenga que reclamar al acreedor... (de allí que) ...ante la presentación del certificado prendario, el Juez ordenará el secuestro de los bienes y su entrega al acreedor, sin que el deudor pueda promover recurso alguno...” (art. 39).

    Mediante decreto 897/1995, se ordenó el texto del decreto-

    ley de prenda con registro (ratificado por ley 12.962 y modif. por decreto ley 6810/63) en atención a que “el Artículo 1º del Decreto Nº 2284/91, ratificado por el Artículo 29 de la Ley Nº 24.307... procuró asegurar el...

    libre acceso a los mercados por parte de los productores y consumidores... (lo que conllevó a eliminar) ...las restricciones que obstaculizaban el acceso de los distintos sectores de la producción y del público en general a fuentes de financiación tales como la constitución de garantías reales sobre máquinas y bienes, para la adquisición de bienes de capital y consumo durables...”.

    E., el anexo integrante del texto ordenado prevé que “la prenda con registro podrá constituirse a favor de cualquier persona física o jurídica...” (art. 5), reiterándolo en los artículos 6 y 39, ya reseñados.

    Resulta indudable que a partir de 1995, la ley de prenda con registro no se restringe a tener como sujetos pasivos a “productores, comerciantes e industriales” ya que los consumidores fueron expresamente incorporados, dentro del elenco de los posibles deudores prendarios.

    Fecha de firma: 13/06/2019 Alta en sistema: 18/06/2019 Firmado por: M.E.B...

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