Sentencia de SALA III, 7 de Septiembre de 2015, expediente CCF 011479/2007/CA003

Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 2015
EmisorSALA III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa N° 11.479/07/CA3 “R.R.A. y otros c/

Estado Nacional y otros s/ programas de propiedad participada”

En Buenos Aires, a los 7 días del mes de septiembre del año dos mil quince, hallándose reunidos en acuerdo los Señores Vocales de la Sala III de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal a fin de pronunciarse en los autos “R.R.A. y otros c/ Estado Nacional y otros s/ programas de propiedad participada”, y de acuerdo al orden de sorteo el Dr.

  1. dijo:

    1. Contra el pronunciamiento de Sala II por el cual fue revocada la sentencia de primera instancia y rechazada la demanda, los actores dedujeron recurso extraordinario federal, el que fue admitido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación con el alcance que surge de la sentencia de fs. 628/vta.

    2. En consecuencia de ese pronunciamiento, el fallo de S.I. fue anulado y a fs. 631 fueron remitidos los autos a esta S. a fin de obrar en consecuencia del reenvío ordenado por la Corte Suprema (fs. 628 vta. último párrafo).

    3. El presente pleito fue iniciado por R.A.R., J.I.N., R.J.R., A.A.V. y A.M.E. quienes, invocando que fueron trabajadores de Telecom y el derecho que en virtud de ello les asistía por la ley 23.696, demandaron a su empleadora y al Estado Nacional por “los daños y perjuicios derivados de la omisión en que incurrió la demandada al no emitir los bonos de participación en las ganancias, con la anuencia del Estado Nacional” (fs. 16vta., punto III).

      Enunciaron las pautas con las que debía establecerse la cuantía del resarcimiento.

      Fecha de firma: 07/09/2015 Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA A fs. 42/60vta. contestó el traslado de la demanda el Estado Nacional oponiendo excepción de prescripción, falta de legitimación pasiva y activa.

      A fs. 100/120vta. Telecom hizo lo propio oponiendo las defensas de caducidad de acción, prescripción del derecho, falta de legitimación activa y pasiva, y falta de acción.

      El juez de primera instancia resolvió del siguiente modo: 1) admitió parcialmente la demanda contra Telecom por “las ganancias repartidas en los ejercicios societarios cerrados durante los diez años anteriores a la interposición de la demanda” (fs.

      263vta., cuarto párrafo); 2) hizo lugar a la excepción de prescripción opuesta por el Estado Nacional, rechazando la demanda a su respecto; y 3) impuso las costas en el orden causado.

      Apelaron los actores y...

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