Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 9 de Febrero de 1993, expediente B 49482

PonenteJuez PISANO (SD)
PresidentePisano - Rodríguez Villar - Vivanco - Mercader - Laborde
Fecha de Resolución 9 de Febrero de 1993
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

En la ciudad de La Plata, a 9 de febrero de 1993, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores P., R.V., V., M., L., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa B. 49.482, "R., A.O. contra Provincia de Buenos Aires. Demanda contencioso administrativa".

A N T E C E D E N T E S
  1. El señor A.O.R., por apoderado, promueve demanda contencioso administrativa contra la Provincia de Buenos Aires solicitando la anulación de la resolución ministerial III563 de fecha 6VII83 por la cual se lo sancionó con retiro absoluto en el cargo de Prefecto Mayor que desempeñaba en el Servicio Penitenciario Provincial, por transgresión a lo establecido en el art. 93 inc. 9) de la ley 9578/80.

    La impugnación la hace extensiva a la resolución III829 que rechazó la revocatoria interpuesta contra la primera de las citadas e incorpora a la pretensión anulatoria de la reincorporación en el cargo y función que desempeñaba, y de indemnización derivada de la baja ilegítima, compuesta esta última, de los daños y perjuicios sufridos más el daño moral, con actualización monetaria e intereses.

  2. Corrido el traslado de ley se presenta a juicio la Fiscalía de Estado que, a través de su representante legal, solicita el rechazo de la pretensión actora sosteniendo la legimitidad de los actos administrativos cuestionados.

  3. Agregadas las actuaciones administrativas, el cuaderno de prueba de la actora y los alegatos, hallándose la causa en estado de ser resuelta, corresponde plantear y votar la siguiente

    C U E S T I O N

    ¿Es fundada la demanda?

    V O T A C I O N

    A la cuestión planteada, el señor J. doctorP. dijo:

  4. 1. Aduce el actor que por actuaciones administrativas 221156.189/82, se sustanció un sumario administrativo por el que se le imputaron diversos cargos que, a juicio de la instrucción, violentaban el régimen disciplinario estatutario.

    Manifiesta que en las referidas actuaciones se violó el derecho de defensa desde que la instrucción, ante la negativa de algunos agentes citados para la producción de prueba caligráfica no insistió en la producción de la misma, a lo que añade que, con el objeto de presentar su descargo, adjuntó documentación que sistemáticamente le fue devuelta.

    Afirma que el aparente cumplimiento de un procedimiento legal no significa que se haya respetado materialmente el mismo en tanto, sostiene, puede calificarse de falsa causa la que se invoca en los hechos para sustentar la violación del decreto 342 y de la ley 9578.

    Cuestiona el acto final alegando que no se ajusta al ordenamiento jurídico al apartarse de la legislación prevista, violentando el principio de apreciación de libres convicciones razonadas y desembocando en una verdadera irrazonabilidad y arbitrariedad.

    1. De las constancias administrativas agregadas surgen los siguientes datos relevantes para la solución de la causa:

    1. Con motivo de las irregularidades denunciadas por el Alcaide J.C.J., relativas a la conducta del Director de la Unidad 13, el J. delS.P. resolvió iniciar sumario administrativo por infracción a las prohibiciones contenidas en el art. 47 de la ley 9578 y a los artículos 379, 380 y 381 del decreto 1373/62, en concordancia con lo prescripto por el art. 93 inc. 9 de la ley 9578, en el que resultaba imputado prima facie el prefecto mayor A.O.R. (fs. 13, exp. adm. 221156.18922).

    2. A consecuencia de ello la instrucción recibió declaraciones testimoniales del denunciante y de numerosos agentes de la Unidad 13; se agregaron constancias del movimiento efectuado de fondos reservados; acta correspondiente a la entrega de la recaudación por rifa del casino de oficiales; actas de entrega de premios y bonos contribución. Se adjuntaron, también, croquis de la dependencia, fotografías tendientes a acreditar el tendido de una línea de energía eléctrica desde la Unidad al criadero de pollos instalado...

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