Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 5 de Noviembre de 2019, expediente FPO 023000060/2011/CA003

Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE POSADAS - SECRETARIA DE ASUNTOS PREVISIONALES

Poder Judicial de la Nación 23000060/2011/CA3 sadas, 5 de noviembre de 2019.-

Y VISTOS:

1) Que a fs. 197/198 el juez a quo aprobó la suma de pesos 193.350,00 en concepto de liquidación de astreintes que ANSES adeuda al actor desde el 03/10/2017. Asimismo, intimó a la demandada a abonar a la actora en el plazo de 10 días bajo apercibimiento de ley.

2) Que, a fs. 199/203 la demandada planteó recurso de apelación agraviándose de la procedencia de la imposición de los astreintes; en efecto, señaló que la naturaleza de las sanciones conminatorias es intimatoria y no punitoria, siendo abstracta su imposición cuando se encuentra cumplida la obligación, por ello solicita se revoque la aplicación de las mismas.

3) Que, así las cosas, este Tribunal observa que a fs.

155 en fecha 24/08/2017 el a quo advirtió a la demandada ante el incumplimiento de la sentencia dictada en autos y, a fs. 162 en fecha 19/10/2017 hizo efectivo el apercibimiento disponiendo la aplicación de los astreintes.

Que, tal disposición, fue atacada mediante la interposición por parte de la demandada de un recurso de revocatoria con apelación en subsidio, deducida a fs. 165/167 y Fecha de firma: 05/11/2019 Firmado por: A.L.C. DE MENGONI, JUEZ DE CAMARA Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA Firmado...

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