Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 28 de Marzo de 2022, expediente CNT 023712/2013/CA001

Fecha de Resolución28 de Marzo de 2022
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X

SENT.DEF. EXPTE. Nº: 23712/2013/CA1 (55407)

JUZGADO Nº: 61 SALA X

AUTOS: “ROJAS, J.J. c/ ´GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY

ESPECIAL”

Buenos Aires,

El Dr. G.C. dijo:

  1. Vienen las presentes actuaciones a conocimiento de esta alzada a propósito de los agravios que contra la sentencia de primera instancia interpone el accionante, sin réplica adversaria.

  2. La sentencia de primera instancia rechazó la demanda al considerar no demostrados los extremos invocados en sustento de la pretensión. Para así decidir el magistrado de grado tuvo en cuenta que por resolución dictada a fs. 99 se le dio por decaído al actor el derecho de valerse de su prueba pericial médica y se lo tuvo por renuente respecto de la ofrecida por la contraria, ante su actuar negligente en la realización de los exámenes médicos indispensables para producir el informe pericial médico.

    Contra ese decisorio recurre el demandante al argumentar que el magistrado a quo incurrió en un excesivo rigorismo formal al tenerla por renuente en relación con la producción de la prueba pericial médica. Sostiene que se omitió tener en cuenta que oportunamente manifestó que se había acercado ante los estrados del Tribunal a retirar las Fecha de firma: 28/03/2022

    Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.P.S., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA

    órdenes médicas en las circunstancias que describe sin que el expediente se encontrara en letra pese a que el personal le habría indicado que lo separaría para buscar. Afirma que, ante dicho panorama, en fecha 16/10/2019 manifestó que al no hallarse el expediente en letra se había visto imposibilitada de retirar las órdenes médicas dentro del plazo señalado, por lo que solicitó una prórroga, siendo la misma denegada, decretándose la caída de la prueba pericial y fijando autos para alegar, decisión contra la que planteó revocatoria que fue denegada. Cuestiona que se declarara desierta la prueba pericial médica por negligencia de la parte actora sin que mediara petición de la contraria en tal sentido. En definitiva, solicita se revoque la sentencia en la parte pertinente,vuelvan los autos al estado procesal previo al decreto de caducidad de la prueba de marras y se le permita acompañar los correspondientes estudios médicos para que el perito médico pueda realizar su informe médico encomendado.-

    Luego de un pormenorizado análisis de...

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