Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala II, 6 de Abril de 2017, expediente CAF 049012/2016/CA001

Fecha de Resolución 6 de Abril de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala II

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II 49.012/2016 “ROGGERI, ANTONIA ELBA c/ EN-M INTERIOR OP Y V-

SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS Y OTROS s/AMPARO LEY 16.986

Buenos Aires, 6 de abril de 2017.- MFO Y VISTOS: estos autos “R., A.E. c/ EN-M Interior OP y V-

Subsecretaría de Recursos Hídricos y otros s/ amparo ley 16.986”, y CONSIDERANDO:

  1. ) Que a fs. 140/141vta., la Sra. jueza de la instancia de origen rechazó la medida cautelar solicitada por la Sra. R. –en el marco de una acción de amparo- a los efectos de que las demandas (Estado Nacional -Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Nación-; el Ente Regulador de Agua y Saneamiento -ERAS- y la empresa Aguas y Saneamientos Argentinos S.A. –AYSA S.A.-) se abstuvieran de cobrar el servicio de agua con los aumentos dispuestos mediante la resolución Nº 62/2016 y normas concordantes, permitiéndole efectuar el pago según la tarifa anterior.

    Señaló que en el presente caso, en el estrecho marco de conocimiento que permitía toda resolución cautelar, no se encontraba acreditada en debida forma la verosimilitud del derecho esgrimida por la accionante, toda vez que la factura acompañada como documental no correspondía al departamento que ella habitaba. Añadió que la actora no había acreditado que fuera ella la obligada al pago, por lo que tampoco el peligro invocado encontraba causa que lo justificara.

    Asimismo, a fs. 202/203, la Sra. magistrada rechazó la acción de amparo intentada.

    Para así decidir, señaló que el examen de la cuestión en estudio había sido expuesta claramente al resolver el rechazo de la medida cautelar.

    Sostuvo que, en el estado actual del proceso y habiendo odio al Sr. Fiscal Federal, un reexamen del planteo actoral conducía a confirmar lo oportunamente señalado en la resolución cautelar y a ampliar las conclusiones elaboradas, compartiendo los fundamentos del funcionario del Ministerio Público.

  2. ) Que contra la resolución de fs. 140/141vta., la actora dedujo el recurso de reposición con apelación en subsidio que luce a fs. 146/147.

    A fs. 190, la Sra. jueza rechazó la revocatoria, concedió la apelación subsidiariamente interpuesta y corrió traslado de los fundamentos a las demandadas.

    Dicho traslado fue contestado a fs, 204/205vta. por AYSA S.A, a fs 206/207 por el Estado Nacional, Ministerio del Interior y a fs. 208/209vta.

    por el ERAS.

    Asimismo, la sentencia por la que se rechazó el amparo (fs. 202/vta.) fue apelada por la actora a fs. 211/212.

    Fecha de firma: 06/04/2017 Alta en sistema: 12/05/2017 Firmado...

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