Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 20 de Diciembre de 2017, expediente CCF 008092/2017/CA001

Fecha de Resolución20 de Diciembre de 2017
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL – SALA II Causa n° 8092/2017 ROEMMERS, ALEJANDRO GUILLERMO C/ DIAMOND FILMS S.A.

S/ MEDIDAS CAUTELARES Buenos Aires, 20 de diciembre de 2017.

VISTO: El recurso de apelación de fs. 332/334 vta., contra la resolución de fs. 321/313; y CONSIDERANDO:

  1. El actor inicia estos actuados y peticiona el dictado de una medida cautelar con el objeto de hacer cesar a la demandada en el uso de la expresión “UNA RAZON PARA VIVIR” en la comercialización de un largometraje así titulado.

Como interés legítimo invoca ser titular de dos actas de solicitudes marcarias, la Nro. 3.449.871 “FRANCISCUS UNA RAZON PARA VIVIR + Diseño” y la Nro. 3.598.161 “UNA RAZON PARA VIVIR”, ambas en la clase 41.

El juez de grado desestimó la medida con base en las siguientes consideraciones: a) las características especiales del sistema de protección de marcas de hecho; b) de la prueba aportada sólo surge el uso de la expresión “FRANCISCUS UNA RAZON PARA VIVIR” mediante la celebración de una obra de teatro; c) las manifestaciones sobre el comienzo del trabajo en la producción de la obra “UNA RAZON PARA VIVIR” no demuestran la concreción ni puesta en marcha del producto (novela para televisión), como así tampoco la afectación que la película cinematográfica que comercializa la demandada pudiere proyectar sobre la telenovela y d) los argumentos de las obras realizadas, la teatral –por la actora- y la de cinematográfica –por la demandada-, tienen libretos distintos.

Fecha de firma: 20/12/2017 Firmado por: A.S.G. -R.V.G. -E.D.G. #30673794#196182065#20171218104706574

II) La parte actora apela cuestionando el decisorio en varios aspectos.

En primer lugar critica el análisis de la prueba que el a quo hizo sobre el uso de las obras y cuestiona la falta de consideración de las consecuencias gravosas que tiene el uso anterior en una obra cinematográfica identificada con la misma denominación “UNA RAZON PARA VIVIR” que lleva su futura novela para ser proyectada en televisión.

Se explaya sobre los premios y los canales de difusión que tuvo su obra de teatro “FRANCISCUS UNA RAZON PARA VIVIR”, y sobre los recaudos y actos tendentes a producir la nueva versión televisiva.

Entre esos recaudos figura la solicitud de marca ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial, quien todavía no se ha expedido, omisión que le genera un perjuicio. Denuncia que fue informado extraoficialmente que su solicitud...

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