Sentencia de CAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA PENAL, 3 de Febrero de 2020, expediente FCR 006242/2019/5/CA003
Fecha de Resolución | 3 de Febrero de 2020 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA - SECRETARIA PENAL |
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia Expte. FCR 6242/2019/5/CA3
Legajo Nº 5 - IMPUTADO:
R.S., J.I.
Y OTROS s/LEGAJO DE
APELACION
-RESOLUCION-
J.F. C.O. modoro Rivadavia, 03 de febrero de 2020.
VISTA:
La constitución del tribunal en este expte. nº FCR 6242/2019/5/CA3,
caratulado “Legajo de apelación de R.S., J.I.; BARRIENTOS,
G.N.; y GONZALO, N.A. en autos ‘R.S., J.I.;
BARRIENTOS, G.N.; y GONZALO, N.A. por inf. ley 23.737’”, en trámite
ante el Juzgado Federal de 1ª Instancia de C.O., al haberse diferido en la audiencia
celebrada el 20/11/19, la resolución referida a la situación procesal de N.A.G.,
según lo autorizado por el art. 455, párrafo 2°, del C.P.N.,
Y CONSIDERANDO:
I.– 1ª instancia.
A fs. 496/525 la a quo dictó el procesamiento sin prisión preventiva de
N.A.G. por ser autor del delito de suministro de estupefacientes a título oneroso,
en concurso real con participación necesaria en tentativa de contrabando de estupefacientes
doblemente agravado –por intervención plural en el hecho y destino del estupefaciente en el
exterior dada su cantidad– (arts. 45 y 55, C.; 5, inc. e, ley 23.737; y 864, inc. a, 865, inc. a,
866, párrafo 2°, y 871, C.A.), mandando embargar sus bienes por la suma de $ 250.000 (arts.
306, 310 y 518, párrafo 1°, C.P.N.), decisión que el defensor oficial coadyuvante de G.
apeló a fs. 526/530 vta., concediéndose el recurso a fs. 532/vta.
II.– 2ª instancia.
En esta instancia, a fs. 536, se celebró la audiencia establecida por el
art. 454 del C.P.N., compareciendo el fiscal general interino y el defensor oficial ante esta
cámara federal en representación de N.A.G., ocasión en la que asumieron las
posiciones reflejadas en la grabación del audio registrado ese día.
Quedaron así las actuaciones en condiciones de ser resueltas.
III.– Cuadro fáctico.
-
Como se dijo a fs. 482/491 vta. se investiga en la causa la hipótesis
delictiva acercada al personal policial de la Cría. de Los Antiguos del Dpto. Lago Buenos Aires
de la Policía de la Pcia. de Santa Cruz por un informante/colaborador la noche del 4/4/19,
consistente en la transacción con panes de cannabis sativa orquestada por Roberto Miguel
V.N. (35), (a) “El Duende”, de nacionalidad chilena, cuyo colofón implicaba la
colocación de la droga en la localidad de Chile Chico, Región XI de Aysén, República de Chile,
cosa que se planeó realizar con la participación de “El Pelado”, quien la buscaría en la localidad
de Pico Truncado, Pcia. de S.C., y la entregaría en una zona predeterminada de Los
Antiguos a V.N., previo ingreso de éste a nuestro país desde Chile por un lugar
clandestino.
Fecha de firma: 03/02/2020
Alta en sistema: 10/03/2020
Firmado por: H.L.C. DE HUBERMAN, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J. LEAL DE IBARRA, JUEZ DE CAMARA
Firmado(ante mi) por: C.A.S., SECRETARIO DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia Expte. FCR 6242/2019/5/CA3
Legajo Nº 5 - IMPUTADO:
R.S., J.I.
Y OTROS s/LEGAJO DE
APELACION
-RESOLUCION-
J.F. C.O. El estupefaciente sería provisto por W.C.R.B., (a)
“W., quien registraría una condena y domicilio de salidas transitorias en la calle Urquiza n°
918, de S.J., Pcia. de S.C., además de encargarse de convocar a las personas que
realizarían viajes trasladando las drogas.
Así, y rectificando algunas circunstancias fácticas plasmadas en
aquella anterior intervención del Tribunal del 26/6/19, se registró el paso a las 10.50 y 12.51 hs.
del 5/4/19 por las localidades de P.M. y Las Heras, Pcia. de S.C., del automóvil
azul Toyota “WIL VS” dominio chileno HFSC–61, conducido por B.A.L.A. y
con “El Duende” de acompañante, con rumbo por la RP43 a la mentada localidad de Pico
Truncado.
Anteriormente a ello, habiendo traspuesto del modo antedicho el límite
entre Chile y Argentina a la altura del Paso Internacional Fronterizo “Río J.”, pasadas las
08.37 hs. del 5/4/19 “El Duende” habría ultimado con “El Pelado” los detalles de la operación en
un encuentro mantenido en el local comercial “El Panamericano” de Los Antiguos, previa
búsqueda que “El Pelado” habría hecho de “El Duende” en el remis de G. Nahuel
B. por el callejón de M. de la localidad de Los Antiguos, luego del mentado
ingreso clandestino.
El Pelado
sería el encargado de recibir la marihuana en Pico
Truncado, previo pago del estupefaciente que, personal y totalmente o en parte, haría allí “El
Duende” y posiblemente “El Pelado” en la parte restante, por lo que, continuando con la
secuencia dejada momentáneamente de lado en el segundo párrafo de este Considerando, cabe
decir que la prevención registró al Toyota con patente HFSC–61 ingresando a Pico Truncado a
las 13.35 hs. de ese 5/4/19.
-
Y que ya en Pico Truncado, siendo alrededor de las 13.35 hs., el
rodado chileno estacionó sobre la calle S. y D.B., arribando a los pocos minutos el
vehículo utilitario Peugeot “Partner” blanco dominio AA139IC con la inscripción del comercio
de repartición de agua “El Gaucho” en su parte trasera, propiedad de V.G.G.,
pero conducido por N.A.G., al que V.N. ascendió dándole al
chofer un apretón de mano, luego de descender del Toyota azul, y retirándose ambos vehículos
del lugar, el azul siguiendo de cerca al blanco.
A continuación, el Peugeot “Partner” se estacionó sobre la calle
P. y S., haciendo lo propio el Toyota un poco más atrás, oportunidad aprovechada
por “El Duende” y el conductor del rodado utilitario para descender de los vehículos y saludarse
con un apretón de manos en la vereda, dirigiéndose luego ambos al Peugeot, al que ascienden,
tomando entonces marcha la camioneta, siendo seguida de cerca por el automóvil chileno hasta
la calle P. y S., donde ambos rodados estacionan frente a la rotisería “Lu–Lu”.
Fecha de firma: 03/02/2020
Alta en sistema: 10/03/2020
Firmado por: H.L.C. DE HUBERMAN, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J. LEAL DE IBARRA, JUEZ DE CAMARA
Firmado(ante mi) por: C.A.S., SECRETARIO DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia Expte. FCR 6242/2019/5/CA3
Legajo Nº 5 - IMPUTADO:
R.S., J.I.
Y OTROS s/LEGAJO DE
APELACION
-RESOLUCION-
J.F. C.O. Allí, “El Duende” desciende del Peugeot “Partner” y se dirige al
Toyota con patente chilena, aproximándose a la puerta del acompañante y abriéndola, tomando
del interior un efecto que guardó en el lado izquierdo del bolsillo de su buzo tipo canguro,
cerrando luego la puerta y regresando al furgón utilitario, al que sube.
En el interior del automóvil, “El Duende” saca el efecto del bolsillo del
buzo y se lo entrega a N.A.G., hecho lo cual, y pasados unos minutos, vuelve a
descender del Peugeot y se dirige a la rotisería “Lu–Lu”, ingresando “El Duende” al negocio
junto a B.A.L.A., quien había descendido del Toyota, al par que se retira del
lugar el rodado utilitario.
A los pocos minutos habría regresado el Peugeot “Partner”, del cual
desciende su conductor e ingresa a la rotisería por unos pocos minutos, para salir luego y
retirarse conduciendo el rodado utilitario. Al cabo de ½ hora o 40 m., “El Duende” y Labra
Aseni salen de la rotisería, abordan el Toyota azul y emprenden el retorno por la RP43 hacia la
localidad de Las Heras, Pcia. de S.C., arribando al puesto de Control Policial de Los
Antiguos a las 18.18 hs. del 5/4/19, dirigiéndose en primer lugar al local comercial “El
Panamericano”, para encarar luego, a partir de las 18.35 hs., el egreso de nuestro país.
Así, con la marcha puesta en dirección al Paso Fronterizo “Río
J.”, el Toyota se desvió hacia el Barrio Salud de Los Antiguos por la calle que conduce a
la zona de chacras, doblando luego nuevamente hacia la izquierda en sentido al río de mención,
al estar allí el lugar ubicado detrás de la chacra “El Mangrullo” por el que “El Duende”, después
de descender del coche, atravesaría el cauce del río J. para ingresar clandestinamente a
Chile.
Por su parte, el automóvil con patente chilena HFSC–61 conducido por
L.A. se dirigió al paso fronterizo argentino para hacer Aduana, donde fue visto ingresar
a las oficinas del complejo.
-
Paralelamente, en el interno 38 de la empresa de micros
Cooperativa Sportman Ltda.
, “El Pelado” viajó a Pico Truncado a las 14.30 hs. de ese mismo
5/4/19, arribando a eso de las 18.50 hs. a la localidad para dirigirse en un remis a la calle
G. n° 1135, domicilio en el que permaneció hasta el arribo, poco antes de las 20.00 hs., del
Peugeot “Partner” blanco dominio AA139IC conducido por N.A.G., (a) “Popi”,
lo que motivó la salida de la vivienda de “El Pelado llevando un bolso negro en la mano que
parecía estar vacío, y el ascenso de su parte al vehículo utilitario, en el que permaneció unos
pocos minutos.
El descenso de “El Pelado” del Peugeot “Partner” lo fue portando el
bolso en el hombro, al que a simple vista se lo apreció más abultado y pesado, verificándose
luego la partida del automóvil, la continuación de su marcha por las calles de Pico Truncado y,
más tarde, a las 21.10 hs., el arribo al domicilio de un taxi, al que “El Pelado” ascendió llevando
Fecha de firma: 03/02/2020
Alta en sistema: 10/03/2020
Firmado por: H.L.C. DE HUBERMAN, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: J. LEAL DE IBARRA, JUEZ DE CAMARA
Firmado(ante mi) por: C.A.S., SECRETARIO DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia Expte. FCR 6242/2019/5/CA3
Legajo Nº 5 - IMPUTADO:
R.S., J.I.
Y OTROS s/LEGAJO DE
APELACION
-RESOLUCION-
J.F. C.O. un bolso en la mano y una mochila en el hombro, para descender en la Terminal de Ómnibus
local y embarcarse a las 21.40 hs. en el interno 25 de la misma línea de micros “Sportman”
rumbo a Los Antiguos, localidad a la que arribó siendo 02.20 hs. del 6/4/19, dirigiéndose
entonces a la vivienda de la calle E.D. n° 655, a la que ingresó a los pocos minutos.
Teniéndose por entregado el material estupefaciente a “El Pelado” en
el encuentro indicado en el primer...
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