Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 31 de Marzo de 2015, expediente COM 035091/2013

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2015
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación E. RODRIGUEZ - SINDICO DE, "SUAYA DE JABBAZ FORTUNATA S/QUIEBRA" c/ JABBAZ , J.J. Y OTRO s/ORDINARIO Expediente N° 35091/2013/CA1 Juzgado N° 18 Secretaría N° 35 Buenos Aires, 31 de marzo de 2015.

Y VISTOS:

Teniendo en cuenta la naturaleza y complejidad del asunto, el resultado obtenido, la calidad y eficacia del trabajo, y demás pautas contenidas en el art. 6 L.A., tomando como base regulatoria la misma que fuera considerada por la Sra. Jueza a quo, y considerando que en autos se ha cumplido una etapa del proceso (art. 37 y 38 L.A); atendiendo la calidad de síndico y patrocinante (art. 7, 9 y 10 L.A) y aplicando los porcentuales que surgen de las normas citadas, se confirman en once mil doscientos pesos ($ 11.200) los honorarios del síndico contador, A.C., en veintisiete mil novecientos pesos ($ 27.900) los de su letrado patrocinante, Dr. H.W., y en once mil setecientos pesos ($ 11.700) los del letrado patrocinante de la quiebra de Suaya de J.F., Dra. S. delV.P., por sus labores hasta fs. 117, regulados a fs. 165/67.

N. por...

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