Rodríguez, Rodrigo Horacio y Otros S/Robo en Despoblado y en Banda
Número de expediente | 559/11 |
Fecha | 14 Agosto 2012 |
Número de registro | 150430 |
Poder Judicial de la Nación ta, 14 de agosto de 2012.-
AUTOS Y VISTA:
Esta causa °
N° 559/11 caratulada:
RODRÍGUEZ, R.H. y Otros s/Robo en Despoblado y en Banda", originaria del Juzgado Federal N° 2 de Salta (Expte. N° 400/11), y RESULTANDO:
I.- Que vienen las presentes actuaciones a consideración de este Tribunal en virtud de los recursos de apelación interpuestos, por la defensa particular de D.O.T. a fs. 219 en contra del auto de fs. 209/216 vta. que ordenó su procesamiento por considerarlo autor prima facie responsable del delito de tentativa de robo en despoblado y en banda, en carácter de cómplice primario (art. 166, inc. 2, 42 y 45 del Código Penal) y por los imputados A.A.T., F.I.Z., C.M.C., R.H.R., Daniel Mauricio USO OFICIAL
López, S.R.C., R.A.R., C.M.C., R.E.Z., R.R.L. y J.O.G. a fs. 223/233 respectivamente, en contra de dicho resolutorio, que ordenó sus procesamientos por considerarlos autores prima facie responsables del delito de tentativa de robo en despoblado y en banda (arts. 166, inc. 2° y 42 del Código Penal).
II.- Que los hechos se iniciaron el día 5 de junio de 2011 a raíz de que se tomó conocimiento, a través de un llamado telefónico efectuado por un tal “R.”, que un grupo de personas estaba sustrayendo los rieles de las vías del ferrocarril en el puente del Río La Viña de la localidad de La Viña, por lo que personal policial se hizo presente en el lugar y observó a 11 hombres con herramientas (cortafierros de distintas medidas, dos mazas, un tubo de oxigeno con carro, una garrafa y dos cadenas), un tractor con acoplado que tenía en una de sus barandas la leyenda “Municipalidad de La Viña – Talapampa” estacionado al costado del puente, y acomodados en el piso 8 tramos de vías férreas de 14 metros de largo aproximadamente cada uno, listos para ser cargados, pudiéndose notar además que la tierra había sido recientemente removida A continuación se procedió a la detención de los 11 individuos, quienes fueron identificados como A.A.T.,
F.I.Z., C.M.C., R.H.R.,
D.M.L., S.R.C., R.A.R.,
C.M.C., R.E.Z., R.R.L. y José
Orlando González. Estos manifestaron en ese momento que habían sido contratados para llevar los rieles por el señor O.T., quien en ese entonces era el intendente de esa localidad (fs. 2 y vta).
III.- Que al ser convocados a prestar declaración indagatoria a fs. 34/44 vta., los imputados negaron los hechos y dijeron que el intendente de La Viña le había prestado el tractor de la Municipalidad a A.A.T. para que trajera leña del campo para su uso familiar.
Expresaron que algunos amigos y vecinos lo acompañaron con el objeto de también juntar leña para ellos, y que cuando pasaron cerca del puente del Río La Viña vieron varios rieles de ferrocarril tirados al costado de la vía.
Confesaron que, como los rieles parecían en estado de abandono, pensaron en cargarlos en el acoplado y llevárselos porque a dos de ellos les servirían para hacer techos en sus casas, cosa que no llegaron a concretar pues llegó la policía y los detuvo.
El imputado C.M.C. señaló que las herramientas secuestradas le pertenecían ya que trabajaba como soldador carrocero y había concurrido a lo de A.T. con ellas para realizar un trabajo, expresando que debido a ello las tenía consigo.
A su turno, el entonces Intendente de La Viña,
D.O.T. a fs. 71/73 declaró que no tiene vinculación alguna con los hechos pues sólo le prestó a su primo A.T. un tractor de su propiedad junto a un acoplado de propiedad del municipio de La Viña, tal como lo hace permanente con cualquier vecino de esa localidad que necesite algún vehículo o herramientas de la municipalidad para el arado, cosecha o traslado de sus producciones o para acarrear leña, aunque no cuenta con una autorización formal del Consejo Deliberante.
Dijo que como las vías del ferrocarril están sin utilización hay tramos que se encuentran en mal estado pero no puede precisar quienes y cuando hicieron modificaciones, pues la intendencia nada tiene que Poder Judicial de la Nación ver con esos bienes estatales y expresó que hacía tres años tuvo contacto con autoridades del Ferrocarril cuando solicitó a la ONABE la transferencia de los terrenos de la Estación de Talapampa para la construcción de viviendas, sin obtener repuesta alguna al respecto.
Asimismo, admitió que es común ver en el pueblo de La Viña, algunas casas que usaron rieles y durmientes del ferrocarril para su construcción, desconociendo de qué manera los habrían adquirido, y señaló que el municipio no empleó elementos de este tipo para ninguna obra pública como tampoco en la finca de su propiedad.
Finalmente refirió que sólo conoce a R.R. que es su sobrino; a su hermano A.T. que vive en Cerrillos y a C.M.C. que tiene un taller de herramientas para campo, y como dijera con anterioridad A.T. es su primo y empleado rural de la finca, mientras que a las demás personas imputadas no las conoce.
IV.- Que a fs. 267/269 vta. la defensa del entonces intendente D.O.T. solicitó que se haga lugar al recurso de apelación y se dicte el sobreseimiento de su asistido por entender que las actas de secuestro son nulas por no contener la...
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