Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala H, 12 de Mayo de 2022, expediente CIV 066511/2005

Fecha de Resolución12 de Mayo de 2022
EmisorCamara Civil - Sala H

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA H

66511/2005

R.P.L. c/ 4 DE SETIEMBRE SATCP Y

OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Buenos Aires, de mayo de 2022.- LJM/FE

AUTOS; VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Interpone la recurrente, recurso de revocatoria contra la resolución dictada por esta Alzada el 13/04/2022.

En primer lugar, cabe señalar que las resoluciones dictadas por el Tribunal de alzada -carácter que reviste la decisión recurrida- no son susceptibles, como principio, de revocación en virtud de su carácter definitivo (cfr. arts. 238 y 239, "in fine" del Cód. Procesal).

En la especie, pese a los esfuerzos argumentales intentados por la recurrente, los mismos no alcanzan a conmover los fundamentos en los que se sustentó la resolución de fecha 13/04/2022, puesto que se encuentra ajustada a derecho, a las constancias de la causa y tampoco se advierte que haya mediado error que justifique la modificación de los términos del decisorio cuestionado.

En cuanto al recurso de apelación subsidiariamente interpuesto (cfr. Punto II), toda vez que las resoluciones de la Cámara Nacional Civil de Apelaciones únicamente pueden ser revisadas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, cabe poner de resalto que carece de los requisitos exigidos por el art. 24 inc. 6°, del decreto 1285/58,

referidos al recurso ordinario ante la C.S.J.N.

En tal sentido, al no ser parte en el proceso el Estado Nacional (inc, a), ni tratarse de cuestiones dispuestas en los incisos b) y c) de dicha...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR