Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 29 de Junio de 2017, expediente CNT 057443/2014/CA001

Fecha de Resolución29 de Junio de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Causa N°: 57443/2014 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VII SENTENCIA DEFINITIVA 51025 CAUSA Nº 57.443/2014 - SALA

VII- JUZGADO Nº 71 En la Ciudad de Buenos Aires, a los 29 días del mes de junio de 2017, en los autos “RODRIGUEZ DE OLIVERA ESTEBAN C/ GALENO ART. S. A S/

ACCIDENTE- LEY ESPECIAL”, se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA ESTELA MILAGROS FERREIRÓS DIJO:

  1. A fs.6/14, se presenta E.R. de O. y promueve formal demanda contra GALENO ART S. A, por el accidente de trabajo sufrido y procura el cobro de las sumas de dinero a las que se considera acreedor.

    Relata que el día 26 de julio de 2013 empezó a trabajar en relación de dependencia para la empresa Arzamendi, D.E. como chofer de taxi y que el día 6 de marzo de 2014, mientras se encontraba llevando pasajeros, en la intersección de la calles Rioja y P.A. sufrió un accidente al ser embestido en forma intempestiva por un vehículo.

    Expresa que como consecuencia del siniestro, ha sufrido lesiones y traumatismos físicos en sus miembros inferiores y superiores, columna cervical y lumbar, y que asimismo presenta secuelas psicológicas.

    Aduce que al día siguiente del hecho realizó la denuncia ante la A.R.T, siendo derivado al Centro Médico Fitz Roy, donde le realizaron estudios médicos, prescripción de medicamentos y reposo, debido a las lesiones que sufrió en la columna vertebral y médula espinal y que posteriormente realizó sesiones de kinesiología.

    Señala que actualmente evoluciona con episodios de cefaleas, mareos, limitación funcional a nivel de su columna cervical que le provocan secuelas incapacitantes y que le impiden desenvolverse con normalidad.

    A fs.18/53 la accionada responde, reconoce la existencia del contrato de afiliación en el marco de la ley 24.557, niega los extremos invocados por el actor y pide el rechazo de la demanda.

    A fs.143/145 luce la sentencia de primera instancia, en la cual la “a-quo” luego de analizar los elementos de juicio aportados a la causa, decide en sentido favorable a las pretensiones del actor, lo que motiva los recursos interpuestos por GALENO A.R.T. a fs. 147/155.

  2. Se agravia la demandada porque el fallo de grado omitió la aplicación del Decreto 472/2014.

    Sin perjuicio de dejar a salvo la opinión que vengo sosteniendo en precedentes sometidos a mi consideración, respecto de la forma Fecha de firma: 29/06/2017 Alta en sistema: 30/06/2017 Firmado por: ESTELA MILAGROS FERREIROS, JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.R., SECRETARIA Firmado por: N.M.R.B., JUEZ DE CAMARA...

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