Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 11 de Mayo de 2018, expediente CNT 056928/2016/CA001

Fecha de Resolución11 de Mayo de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II SENTENCIA DEFINITIVA N°: 112 317 EXPTE. Nº: 56.928/16 (JUZGADO Nº 8)

AUTOS: “R.L. ARGENTINO C/PROVINCIA ART SA S/ ACCIDENTE- LEY ESPECIAL”.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

En la Ciudad de Buenos Aires, el 11 de Mayo del 2018, reunidos los integrantes de la Sala II a fin de considerar los recursos deducidos en autos y para dictar sentencia definitiva en estas actuaciones, practicado el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación:

El Dr. M.Á.M. dijo:

  1. Mediante la sentencia de fs. 86/89vta. la Sra. Juez a quo hizo lugar a la demanda en los términos de la ley 24.557. Contra tal decisión se alzan ambas partes, el actor con el escrito de fs. 95/97 que fue replicado a fs. 101/102vta. y la vencida con el escrito de fs. 90/93 que fue contestado a fs. 98/99.

    Asimismo, la demandada cuestiona los emolumentos fijados a favor de los profesionales que intervinieron en autos por creerlos altos y la defensa letrada del actor apela los regulados a su favor por creerlos bajos.

  2. Se queja la aseguradora de que la Dra. R.F. no consideró la defensa de no seguro opuesta por su parte por no tratarse de una enfermedad prevista en el art. 6 párrafo de la ley 24.557 y la procedencia de la acción se sustenta en la existencia o no de la relación de causalidad entre el daño padecido por el actor y las tareas que desarrollaba para su empleadora que nunca se acreditaron. Aduce que de ese modo nunca quedó acreditado el nexo causal que asignó la magistrada. Critica que el perito valoró la patología como “vinculante parcialmente a las tareas laborales” pero no se comprende de donde surge la aseveración, las cuales son de hecho y prueba y en autos no se ha probado aquellas circunstancias.

    Y bien el actor en la demanda de fs. 5/13vta.

    relató que realizaba tareas en la Dirección Nacional de Vialidad como ordenanza, encargándose de trasladar manualmente expedientes contables y financieros. Agregó que debía permanecer siempre de pie, transportando y levantando con la fuerza de sus brazos los pesados expedientes. Señaló que a dichos expedientes se los cargaba en un bolso llegando a pesar 15 kilos y con la ayuda de un carro trasladaba hasta el 5º subsuelo hasta Fecha de firma: 11/05/2018 Alta en sistema: 18/05/2018 30 kilos de expedientes. Añadió que en más de una oportunidad el ascensor no funcionaba Firmado por: M.A.P...

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