Rodriguez Peña 736 Sa S7 Quiebra S/ Inc de Concurso Especial por Bbva Banco Frances S.A

Fecha de disposición10 Diciembre 2007
Fecha de publicación10 Diciembre 2007
SecciónCuarta Sección - Judiciales
Número de Gaceta31299

En Buenos Aires, noviembre 5 de 2007.

Carlos Alberto Anta, secretario.

e. 10/12/2007 Nº 71.639 v. 11/12/2007 Nº 8

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 8 a cargo del Dr. Javier J. Cosentino, Secretaría Nº 16 a mi cargo, comunica por TRES días en los autos 'LASALLE CARLOS ARTENIO s/ QUIEBRA(REALIZACION) s/ INCIDENTE DE REALIZACION DE BIENES INMUEBLES' (Cuit 20-0497231-6) que el Martillero Público RUBEN ALBERTO MARTORILLI (Cuit 20-141171721) rematará 'ad-corpus' al contado y al mejor postor el dia 19 de Diciembre a las 12,45 horas, -- en punto-- en el salón de Ventas sito en Tte. Gral Juan D. Perón 1233 de Capital Federal, los siguientes inmuebles ubicados en 1) Mar del Tuyú, Partido de la Costa, Provincia de Buenos Aires.- Matricula 15.232 - Nomenclatura Catastral: Circ: IV Secc: TT - Manz: 264 - Parc: 12 - Partida: 58.353.BASE $ 45.000.- Se trata de un lote de terreno parquizado en esquina, sin cercos y desocupado.- Se encuentra en la calle 79 esquina calle 1.linda con el Nº 7800 de la calle 1.- 2) Santa Teresita, Partido de la Costa, Provincia de Buenos Aires.- Matricula 43.906 - Nomenclatura Catastral:

Circ: IV - Secc: GG - Manz: 21 - Parc: 19 Partida:

017.350.- BASE $ 45.000. Se trata de un lote de terreno en cuyo fondo existe una construcción de 6 mts. x 10 mts. Aprox, con techo de chapa y una parrilla.- Ocupado por Miguel Angel Lasalle, sin titulo ni contrato.- El lote está ubicado sobre la Av.

29 lindero al nº 455.- Condiciones: Seña 30% Comisión 3% - Sellado de ley 1% - Arancel 0,25% en efectivo en el acto de la subasta.- El comprador deberá constituir domicilio dentro del radio del Juzgado y el saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto dia de la aprobación de la subasta, sin necesidad de otra notificación ni intimación, bajo el apercibimiento previsto por el art.

580 del CPCC.- El comprador deberá abonar además la totalidad de los impuestos propios de la venta de los mencionados inmuebles así como los gastos de escrituración si estos existieran. Los gravámenes impositivos (impuestos, tasas y contribuciones especiales) devengados por los mencionados inmuebles antes de la declaración de la quiebra deben ser verificados en los términos de la LC: 32 y ss; los devengados entre la declaración de la quiebra y la toma de posesión de los bienes que serán objeto de esta subasta constituirán gastos del concurso en los términos de la LC: 240 y por ende, los acreedores de tales créditos deberán peticionar en...

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