Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 14 de Agosto de 2018, expediente CNT 051534/2013/CA002

Fecha de Resolución14 de Agosto de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO. 43987 SALA VI Expte Nº CNT 51534/2013 (JUZG. NRO. 52)

Autos: “RODRIGUEZ, CARMEN LUCIA Y OTRO C/COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES S/DIFERENCIAS DE SALARIOS“

Buenos Aires, 14 de agosto de 2018 VISTO:

La parte demandada, apela la regulación de honorarios del perito contador, por estimarlos elevados (fs. 220).

Y CONSIDERANDO:

Que, teniendo en cuenta la naturaleza y extensión de las tareas desarrolladas en autos, el valor económico en juego y las pautas arancelarias de aplicación, la regulación de honorarios del perito contador, luce equitativa, por lo que corresponde su confirmación (Art. 38 Ley 18.345).

Por ello, EL TRIBUNAL

RESUELVE:

Confirmar la regulación de honorarios del perito contador.

Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013.

R., notifíquese y vuelvan.

Fecha de firma: 14/08/2018 Alta en sistema: 16/08/2018 Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA...

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